Las diferencias entre el Monasterio y el Concejo de
la Villa de Casa de la Reyna siguen enturbiando las obligadas buenas
relaciones de vecindad y una vez más la «Sra. Priora, Monjas y Convento»
intentan poner fin a un problema de casi dos siglos de duración.
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Comunidad de Lima (Perú). |
Recurren en efecto a la Chancillería de Valladolid
por mediación de su Procurador exponiendo que: digo que el Convento es
dueño y posehedor como propio de un Molino arinero de tres ruedas y...
han experimentado la extraña novedad de que la Villa, su Justizia y
Ayuntamiento corta el agua del Calze que ba y se dirige al citado Molino
con el fin dicen de pescar, causando grave daño a la Comunidad porque no
moliendo el Molino, cesa la renta... por lo que suplico a vuestra Alteza
se sirva mandar despachar vuestra Real Prov issión con graves multas y
apercibimiento para que la Justizia... no corte el agua del Calze... que
la Comunidad ha tenido siempre para el disfrute de las aguas para el uso
de los Molinos .... »
Como esperaba y solicitaba la Comunidad, la
Chancillería dicta sentencia por medio de una Executoria Real Provisión
cuyo texto extractado dice así:
« ... y fue acordado y tubimos por bien expedir
nuestra Real Provisión para Vos la Justicia y Ayuntamiento de la Villa de
Casa de la Reyna por el qual mandamos que... con ningún pretexto ni
motibo no os propaseis ni parmitais que ningún vecino egecute el cortar
el agua del Cauce que va al Molino... dentro de quince días siguientes,
sin la menor retardación so pena de diez mil maravedís.
Dada en Valladolid a veinte y tres de Octubre de mil
ochocientos dos».
«Echo saber al Ayuntamiento»
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Monasterio de la Pietad. |
26-X-1802
«En la Villa de la Casa de la Reyna a treinta y uno
de Octubre de mil ochocientos dos por testimonio de mí el infrascrito
Escribano se congregaron los Señores Don Juan Fernández de las Corradas
y Antonio Pérez Suso, Alcalde y Juez Ordinarios...
»... en ella y su execución... estando así
congregados, les hice saber y leí la Real Provisión antecedente, como
individuos que componen la mayor parte del Ayuntamiento y enterados
respondieron la obedecían con el respeto debido y cumplirán con lo que
se les manda y por ello lo firmaron de que doy fe.
»Provissión para que no puedan quitar la agua del
Cauce ni la Justicia ni ningún particular. Firmado por el Escribano de su
Magestad el Rey Carlos IV».
NUEVAS
DIFICULTADES ECONOMICAS
EN LA COMUNIDAD.
La ausencia de la Comunidad del Monasterio durante 53
días y la transformación del Convento en Hospital de campaña han causádo
destrozos en su mobiliario y puertas cuya reparación agudiía, la
precaria situación económica de la Comunidad.
Fiel reflejo de estas duras circunstancias es la
correspondencia intercambiada entre la` apenada Priora, Sor Manuela de San
Bernardo, y el P. Provincial, Fray Josef Muñoz.
1803
«Aunque con mucho sentimiento -escribe nuestra
Priora -por conocer la carga grande que se origina y la mucha que tiene
este Convento, nos obliga a suplicar a V.P.M.B. se sirva de concedemos
retirar 20.000 Reales para la obra del Convento, pues como ya insinuarnos
en la antecedente carta y en ésta no podemos decir más sino que Dios a
obrado milagrosamente en que no se aia arruinado el Convento y nos aia
sepultado a toda la Comunidad y así no podemos
esimimos de estos gastos pues el P. Vicario dice que no se ha hecho ni se
ará cosa que no sea necesaria y así en nombre de toda la Comunidad le
suplicamos nos conceda la dicha licencia ... ».
Quanto
la Sra. Priora expone, añade el P. Vicario, es cierto y io he presenciado
el consentimiento de todas las Religiosas que han dado todo sin reparar,
pues no hallan otro recurso para tener luego contacto y salir de la
estrechez»
«Siendo tan urgente la necesidad de reparar el
Convento como Vr. me expone, concedo la licencia --escribe el P.
Provincial-- para extraer los 20.000 Reales del Arca de Capitales... pero
con la condición de que en cada un año se han de reponer 600 Reales...
envío la licencia para vender las viñas contenidas en el memorial pero
es necesario considerarlo con madurez y que la venta se haga con consejo
de peritos ... ».
Una nota al final de la carta añade :
«No se bendieron las
vifias de Illauri por falta de compradores».
La Madre Priora insiste:
«No podemos menos de volver a recurrir a V.P. por
los ahogos en que se be el Convento. Hazemos de nuevo presente que parte
de las vifias para. cuia venta V.P. di6 su licencia, no ha tenido
compradores y la otra parte no ha tenido el valor que se esperaba...
suplicarnos a V.P. para poder sacar trescientos Ducados que es el Capital
que acabamos de recibir de un concurso ... ».
Desde San Pablo de Palencia el P. Provincial llama
seriamente la atención al Monasterio:
«Tengo entendido que en, esa Comunidad no se observa
lo dispuesto por nuestro Emo. Boxadors, por mi antecesor y por mí acerca
de la reposición de capitales y se valen de unos arbitrios nada conforme
a razón ... »
«Esta mi carta la leerá V.P. a presencia de toda la
Comunidad para que les conste y se guardará en Depósito... Me pareció
explicarine suficientemente de que lo anulaba y que debían reponerse
efectivamente y en la realidad, pasados 4 años, debe reintegrarse aquella
cantidad atrasada.
Quando no acomoda alguna determinación, parece no la
quieren entender ... ».
Al parecer la Comunidad
está haciendo perder la santa paciencia de su Provincial, por lo que doy
por finalizado este nuevo apartado de penuria de la Comunidad.
NUEVO
DESALOJO DEL CONVENTO.
Las penalidades, sin embargo, no decrecen
desgraciadamente ni para el Monasterio ni para la Comunidad.
Huelga como siempre mi comentario ante la siguiente
angustiosa carta que la Priora, Sor Magdalena de San Vicente, dirige con
dignidad al
«Señor Intendente de la Provincia de Burgos.
Soror María Magdalena, Priora de este Convento de la
Piedad de la Casa de la Reyna, Orden de Santo Domingo, hace presente a VS.
que con motivo de haber destinado a dicha Villa parte de la tropa
francesa, su Justicia echó mano del dicho Convento para alojamiento de
ella y al mismo tiempo y sin damos parte, de una Casa contigua al mismo
Convento, sin necesidad alguna de ocuparla por lo muy capaz del Convento
para mayor número del que se introdujo.
A , pesar de esto y de ocupada la Casa, se pribaba a
las Monjas de la Iglesia y Coro, a que podían concurrir sin intervención
alguna con el dicho Convento, pero no hubo remedio y tuvieron las Monjas
que hospedarse en Casa del Señor Don Manuel Pobes, Caballero y vecino de
esta Villa, en donde permanecen aún desde el próximo pasado 3 de Enero
hasta el presente y ocupan dicha Casa‑Colegio 100 franceses.
Por lo que ansiosas las Monjas de trasferirse a ella,
para tener el consuelo de asistir a su Yglesia y Coro y no causar más
incomodidad en la Casa en que se hallan, ha suplicado repetidas veces a la
Justicia la composición y arreglo de las piezas y oficinas que ocuparon
los franceses y de algunas puertas y ventanas que quemaron, cuyos gastos
podrán ascender, según el juicio de un maestro a Nobecientos o Mil
Reales, lo que no quieren ejecutar ni aún damos un papel de Resguardo
para reintegrarnos en lo sucesibo, sin licencia de V.S.
Bien consta a todo el pueblo la indigencia del
Convento, mayormente en las actuales circunstancias y que por haber
sufrido todo el golpe del alojamiento, ha redundado todo en beneficio del
pueblo.
En esta atención, ruego a V.S. se digne mandar se
reconozcan los deterioros del Convento y verificado su importe, expidan un
Decreto a dicha Justicia para que inmediatamente procedan a la composición
en que recibiremos especialísima merced.
Sor M agdalena de San Vicente, Priora».
La ocupación dura esta vez 108 días, desde el 3 de
Enero hasta el 23 de Abril del mismo año de 1808.
La tradición ha venido transmitiendo de Comunidad en
Comunidad que los Libros y documentos relacionados con el «Indice General
de Papeles que se allan en el Archivo de este Convento», «en aquellos
tiempos», desaparecieron durante este éxodo de la Guerra de la
Independencia.
De acuerdo con esta tradición la Comunidad temerosa
de que las tropas francesas destruyeran su Archivo o robaran sus cuadros y
objetos de valor, hicieron entrega a un Sacerdote Canónigo de la Catedral
de Calahorra, familiar de una Religiosa de nuestro Monasterio, de cuanto
consideraron pudiera estar salvaguardado de la rapiña francesa. El lugar
donde el Sacerdote guardó el Archivo del Monasterio, fue desgraciadamente
incendiado o saqueado y los Papeles del Archivo desaparecieron para
siempre.
Desde el punto de vista de la utilidad de aquellos
documentos para rehacer el pasado del Monasterio, los clasifico en dos
partes, agrupando en el primero aquellos que nos son indispensables para
este cometido y el segundo está formado por Bulas, Breves Apostólicos,
etc., que recogían los privilegios concedidos por los Papas a la Orden de
Santo Domingo.
Afortunadamente las Comunidades venían haciendo
traslados o copias de los papeles que podríamos calificarlos de históricos
o fundacionales, por lo cual, merced a esta sabia práctica del
Monasterio, me encuentro ahora ocupado en recomponer su pasado.
Si bien la tradición señala que, como consecuencia
de estas calarnidades, desaparecieron objetos de valor, no acierto a
comprenderlo, ya que durante los 108 días de éxodo o desalojo de¡
Monasterio, las Religiosas estuvieron hospedadas en el Palacio de Pobes, a
donde hay constancia de que trasladaron y ocultaron cuadros y objetos de
valor.
Un testimonio de las penalidades por las que
atravesaban las Religiosas de aquellos años, es la «Escritura de Venta
de dos viñas que el Monasterio tenía en Castañares por estar inui
alcanzadas que no tenían para sus más urgentes necesidades pero como no
terminaban de cobrarlas, anularon su venta».
La Escritura mencionada en el párrafo anterior
termina con este texto:
«En una de las piezas del Colegio confinante al
Convento de Ntra. Sra. de la Piedad, Orden de Sto. Domingo de Guznián,
sito en esta Villa de Casa de la Reyna a trece de Marzo de mil ochocientos
diez ante mí el infrascrito Escribano y testigos que a seguido se
expresan, parecieron presentes las Señoras:
Doña Magdalena de San Vicente y Echebarría, Priora.
Doña Andrea de San Pedro Mártir Arce y Celada,
Subpriora.
Doña Josefa de San Bartolomé y Enderica,
Depositaria.
Doña Saturnina de la Cruz y Tejada, Depositaria.
Doña. Jabiera de Santa María Magdalena y
Arguifiano.
Doña Aquilina de Santa Theresa y Ponce de León.
Doña Theresa de Jesúá y San Millán.
Doña María de San Joseph Arce y Celada.
Doña Theresa de Santo Domingo y Soria.
Doña Victoriana de Elguero.
Doña María Josefa de San Miguel y Cortázar.
Doña Francisca de Santa Catalina Ortiz de Solórzano.
Doña María de Santa Rosa López de Angulo.
Doña Gabriela de San Julián y Huputu.
Gracias por tanto a esta Carta de Venta, conocemos
los nombres de parte de las Religiosas de aquella sufrida Comunidad de
1810.
DIFERENCIAS
CON EL CONCEJO DE LA VILLA.
El trienio de régimen constitucional de 1820-1823
constituye en la historia nacional uno de los más agitados por las masas
populares en favor de la desamortización eclesiástica. Es lógico pensar
que las tendencias radicales o liberales de los gobiernos nacionales de
aquellas épocas tuvieran influencia directa sobre los gobiernos
provinciales extendiéndose sin duda al ámbito municipal de nuestra Villa
de Casalarreina.
En 1821 se inicia en efecto un cruce de Oficios de su
Ayuntamiento con respuesta de la Priora del Monasterio que ponen de
relieve la escasa cordialidad existente en las relaciones entre ambas
entidades a cuenta del uso y abuso de las aguas, en esta ocasión del
Cauce del Medio Lugar.
Deduzco por las acusaciones del Ayuntamiento que la
Comunidad retenía en exceso el agua de este Cauce. Si añadimos este
posible abuso del agua por parte de la Comunidad en el discurrir de su
huerta a la posible intolerancia de las autoridades progresistas de
nuestra Villa, tenemos ya los elementos necesarios para que surja un nuevo
pleito entre Monasterio y Concejo Municipal.
Es obligado recordar que el Monasterio poseía en
esta jurisdicción muchas tierras de sembradura y viñas y es razonable
asimismo pensar que los vecinos de esta Villa, arrendadores de las fincas
monacales, fueran naturalmente partidarios fervientes de la Desamortización,
ya que en aquellos años era cada vez más discutida.
La correspondencia cruzada entre el Monasterio y
Concejo evidencia las diferencias que les separan.
3-III-1821
El Ayuntamiento se hace eco el 3 de Agosto de 1821 de
varías quejas de sus vecinos contra la Comunidad:
«Que la agua del Rio, llamado de Medio Lugar,
detenida en la huerta intra Claustra de hese Combento no pasa a dar riego
a las huertas de dentro y fuera de esta Villa.
Que se sigue notando la falta de agua que hasta aquí
corría.
Que la Comunidad hechaba el agua de dicho Río de
Medio Lugar por fuera de la huerta zitada.
Que se ebite así los grandes perjuicios que sufren
los vecinos.
Que el Prior no ha tomado probidencia ninguna a la
compostura de la entrada al puente desde la plaza de esta Villa a pesar de
ser cargo de hesa Comunidad la dicha compostura.
Que se han dado varios recados al efecto.
Que el Ayuntamiento espera que la Comunidad dará las
órdenes convenientes sobre ambos asuntos para evitar con la perentoriedad
posible los perjuicios que en otro caso podrían resultar y ser cargo de
hesa Comunidad».
La Priora del Monasterio en respuesta al anterior
Oficio del Ayuntamiento hace saber en fecha de 6 de agosto del mismo año
al Sr. Secretario del Concejo:
6-VIII-1821
«Que esta Comunidad está en posesión y puede
probar el derecho' ' que tiene de aprobecharse de esta agua para el riego
de la huerta. .
Que siempre usó de este derecho, y hasta ahora nadie
la ha incomodado ni menos amenazado probarle del paso de este río por
dicha huerta.
Que el otro cargo nos ha sorprendido aún más. Vds.
asientan de seguro que la composición del Puente del Cauce molinar está
a cargo de esta Comunidad y esto es lo que no puede admitir.
Que la fundación del Convento y la posesión del
dicho Cauce y Molino precedió a la edificación del Puente de que se
trata.
Que la Comunidad se reservó en su día el derecho de
poder obligar a aquellos, a cuyo beneficio el puente se construía, a
conservar siempre libre y expedita la corriente del agua, en cuya posesión
estaba.
Que de los Apeos antiguos de este Convento se deduce
con la mayor claridad la inesistencia de dicho puente algunos aflos después
de la fundación de aquél.
Que la compostura estaba a la entrada del Puente por
la parte de la Plaza de esta Villa.
Que no se encuentran en los Libros de parte de este
Convento, antiguos y modernos, partida alguna ni joma¡ invertido en su
composición.
Que estas razones y fundamentos, expuestos el aflo
pasado... paralizaron entonces el empeño.
Que el Sr. Marqués del Puerto, Alcalde
constitucional resolvió que la composición del Puente se hiciese
adelante por bereda enviando al efecto la Comunidad dos peones».
El Secretario del Concejo de la Villa insiste el 8 de
Agosto de 1821 a la Comunidad:
«... que si se notare tanta retención del agua como
días pasados se advirtió en la huerta de ese Combento, tratará de
tomarla por fuera... según se intentó a fines del siglo pasado, como lo
indica la parte de la zanja que se principió hazer y se halla a la salida
de esta Villa para la de Ajugarte.
Que los Comisionados que el año pasado nombró la
Villa... no encontraron en ese Combento comprobada la haserción gratuita
de que era cargo de esta Villa la compostura y sostén del dicho paso.
Que el Ayuntamiento... adelantadamente adbierte por
última vez a hesa Comunidad que si en el término de mafiana, no da
principio a la compostura tan necesaria, se berá en la sensible necesidad
de mandarla practicar a costa de la Comunidad el día siguiente».
9-VIII-1821
Al día siguiente, 9 de Agosto de 1821, la Priora
responde al Ayuntamiento de la Villa:
«Que la Comunidad está pronta a cumplir lo acordado
el año pasado por el Sr. Marqués del Puerto sobre la composición del
puente.
Que tampoco se negará a
hacer lo que Vds. piden, siempre que el Ayuntamiento haga ver esta
obligación con razones que deshagan las que asisten a la Comunidad para
creer lo contrario.
Que en el caso, no esperado, de que el Ayuntamiento
trate de componerlo a cuenta de la Comunidad, ésta desde ahora protesta
todos los perjuicios que de este procedimiento le resulten.
Dios guarde a Vd.»
19-VIII-1821
El Secretario finalmente anuncia a la Comunidad en
fecha de 19 del mismo mes y año:
«Que Tomás de Lizarrerán ha compuesto el puente en
la parte más urgente y que el importe de la quarta asciende a la cantidad
de 124 reales de vellón, los que espera se serbirá Vd. mandar entregar a
dicho Maestro, ebitando así procedimientos ulteriores que el Ayuntamiento
quiera ebitar.
El Barón de Mora».
El cruce de escritos con amenazas y alegaciones de
inocencia por una y otra parte se interrumpe aquí con el anterior y último
oficio municipal, por lo cual nos quedamos ignorantes
respecto a si pagó o no la Comunidad los 124 benditos reales de vellón,
y en este supuesto, cuáles fueron los procedimientos ejecutivos que
cayeron sobre el Monasterio.
El texto de los escritos que acabo de ofrecer a la
lectura de nuestra Comunidad actual, me inducen a admitir que la Comunidad
o tal vez, escribiendo con mayor propiedad y rigor, los criados de aquella
Comunidad, trasvasaban el agua del Cauce del Medio Lugar al Cauce Molinar
para mover con más caudal las tres ruedas del molino que el Monasterio
poseía en arriendo. La responsabilidad de la Comunidad, en cualquiera de
ambas eventualidades, habría sido manifiesta a mi juicio.
Son manifiestos y evidentes la tozudez y
probablemente el interesado atropello que el Ayuntamiento de quella fecha
pretende ejercer contra la Comunidad no atendiendo las razones que ésta
le expone y omitiendo las que también ésta le exige en contrapartida.
Al margen de estas pequeñas desaveniencias,
originadas siempre en tomo al Cauce, este investigador histórico está
obligado en conciencia a poner de manifiesto las buenas, mutuas e incluso
cordiales relaciones habitualmente mantenidas a lo largo de casi cinco
siglos entre el Monasterio de la Piedad y el Concejo de la Villa de Casa
de la Reyna. Me consta que el pueblo y su Ayuntamiento se sienten
complacidos y orgullosos tanto con el Monasterio como con su Comunidad
actual.
HACIENDA
DEL MONASTERIO EN 1821.
Finalizada la Guerra de la Independencia contra las
tropas napoleónicas, la Comunidad de nuestro Monasterio se ocupa en
reparar los destrozos causados por la soldadesca francesa, muy ajena a la
convulsión cuyos ramalazos va a empezar a sentir en 1821 a través de un
Decreto extendido por el Gobierno de Burgos en virtud del cual se ordena a
la Comunidad facilite a la mayor brevedad posible los datos siguientes:
a) Relación de fincas rústicas y urbanas, su
situación y rentas.
b) Relación de Monjas de Coro y Legas y
c) Relación de gastos necesarios para el Convento e
Iglesia».
Probablemente la Comunidad no puede ser consciente de
la gravedad extrema que este Decreto del Gobierno Central encierra en la
solicitud de cumplimentación de estos tres al parecer simples apartados.
Esta petición es el paso previo a la Desamortización
o expropiación que va a tener lugar en 1837.
La Madre Sor Josefa de San Bartolomé y Enderica,
Priora del Monasterio en aquellas funestas horas, responde con prontitud
en los términos siguientes:
a) Relación exacta de todas las fincas rústicas
y urbanas que este Convento de la Piedad de Religiosas Dominicas de la
Villa de Casa de la Reyna tienen en este y otros pueblos, dados en
arrendamiento y a censos enfiteusis de granos y dineros por su producto anual con un quinquenio
de las viñas que por sí laborea: ‑sigue una larga relación de
fincas con sus superficies y lugares de su situación de las mismas, que
omito en aras de la brevedad del caso, dando únicamente las sumas totales
de cada partida‑:
Fanegas: 1396 fanegas y
99 celemines.
Obreros: 398 obreros.
Cántaras: 1454 cántaras
de vino en un quinquenio.
Casas: 13 casas.
Huerta: fanegas
Bodega: 1 Cueba, cuya
capacidad es de 1770 cántaras.
b) Religiosas
de Coro:
Me. Josefa de San Bartolomé y Enderica, Priora. 48 años.
Logroño.
Me. Magdalena de San Vicente y Arrina. 76 años.
Viana.
Me. Andrea de San Pedro Mártir y Arce. 57 años.
Anguciana.
Me. Aquilina de Sta. Teresa y Ponce de León. 52 años.
Logroño.
Sor Teresa de Jesús y San Millán. 56 años.
Trebiana.
Sor María de San José y Arce. 46 años. Anguciana.
Sor Saturnina de la Cruz Tejada. 52 años. Logroflo.
Sor Teresa de Sto. Domingo y Soria. 45 años.
Logroflo.
Sor Ana de Santa Gertrudis y Elgero. 57 años.
Burgos.
Sor Josefa de San Miguel y Cortázar. 57 años. Oyón.
Sor I`ca. de Sta. Catalina y Solórzano. 54 años.
Trebiana.
Sor María de Santa Rosa y Angulo. 47 años.
Trebiana.
Sor Gabriela de San Julián y Junguito. 45 años.
Tirgo.
Sor Rosa de la Piedad y Fernández. 23 años. Cos.
Sor Margarita de San Francisco y Saenz. 22 años. Miñón.
Sor Josefa de Natividad y Berberana, Lega. 57 años.
Briones.
Sor Agueda de San Raimundo y Garrido. 60 años.
Calahorra.
Sor Manuela de la Visitación y Martínez. 65 años.
Miñón.
Sor Juana de Sto. Tomás y Nebrera. 47 años. Berástegui.
c) Lista que hace esta Comunidad en el Gasto del
Culto Divino por año a la Iglesia parroquial
Primeramente se gastan
Cinco arrobas de Cera
Más se gastan Siete
arrobas de Azeite
Más se gastan Seis cántaras
de Vino en la Oración
Más se gasta Una fanega
de trigo
Más en Sedas y Composturas de fábrica de Iglesia no
se da gasto fijo y anual porque en unos años se gasta mucho y en otros
poco y en otros nada.
300 Ducados por quinquenio.
Misas cantadas: Tiene de carga este Convento dos
Aniversarios por el Sr. Obispo, su Fundador y su Sobrina, Doña Isabel de
Guznián y Velasco, que le dotó en la Octaba de Todos Santos.
Misas rezadas: Más ciento ochenta'Misas por las
Almas del Sr. Fundador y su Sobrina a 4 reales.
Herramientas:
Moriscas, 6
Azadas, 5
Ligones, 5
EL
COLEGIO SE TRANSFORMA EN MESON.
La escasez de recursos económicos, consecuencia de
las necesidades extraordinarias provocadas por las guerras napoleónicas,
mueven a la Comunidad de nuestro Monasterio de la Piedad a transformar la
Casa‑Colegio, improductivo hasta entonces, en Mesón público, cuyo
arriendo y su impago de la suma pactada obligan a la Comunidad a plantear
el correspondiente Pleito de reclamación.
1823
En 1823 en efecto se recibe «Real Carta Executoria
librada a la Sra. Priora del Pleito contra Ramón de Elosua de Casa de la
Reyna sobre pagar la renta del Colegio o Casa Mesón».
Es oportuno, puesto que
nos estamos refiriendo a la Casa Mesón, dar a conocer las Condiciones de
su Arriendo.
«... tendrá una duración de cinco años...
entregará el citado Elosua un cerdo de peso de doze arrobas incluyendo el
vientre pero excluyéndolo para el peso, que será de la canal... entregar
mil y cinquenta Reales de vellón sin cerdo... toda la basura que se haga
en la Posada y la Comunidad dará tres carros de dicha basura al Ramón en
cada afío... recibir en la Posada las caballerías tanto del Padre
Provincial o Prelado que venga de visita, poner una cama para el mozo y
dar la paja necesaria para las caballerías de ambos... no ha de usar del
piso de arriba, conocido con el nombre de desván o guardapolvo... reponer
en la Casa los desfalcos que haya al vencimiento de los cinco aftos de
este arriendo, advirtiendo que por tales desfalcos se entienden el
perdimiento o destrozo de las llaves, zerraduras, zeffojos y otros de poca
consideración... que la huerta de las Delicias, que la Comunidad tiene
arrendada, tiene su entrada por la Puerta Principal de la Casa Posada ...
».
VARIOS.
Voy a enumerar varios hechos de los cuales no tenemos
documentación suficiente para ampliarlos... Los aporto, sin embargo,
porque cubren un período de tiempo en el que todos los elementos parecen
concitarse contra el Monasterio de la Piedad.
1826
El Archivo monacal dispone de una referencia de 1826
a la «Declaración del Procurador de la Comunidad en el Pleito habido
contra el Duque de Frías, adjuntando cuatro recibos de pago».
Carecemos de las razones que motivaron el Pleito con
el descendiente y heredero de los Condestables de Castilla, Cofundadores
del Monasterio de la Piedad y sus antiguos Patronos, pero lo incluimos en
su pequefla historia,como ejemplo de la versatilidad y mudanza humana o,
en expresión de nuestros clásicos, de la «mudanza de la condición de
los siglos».
Este mismo aflo de 1826 la correspondencia de nuestra
Priora con el P. Provincial pone de manifiesto la continuada penuria que
sigue padeciendo la Comunidad, ya que en un escrito le pide autorización
para emplear la Dote de una Religiosa en reparar la tapia del Convento y
en otra segunda carta, permiso para retirar del Arca del Depósito unos
miles de reales para diversas necesidades urgentes.
En la Carta de Venta de unas tierras de sembradura,
fechada el 2 de Julio de 1834, figuran los nombres de las Profesas de
Coro, cuya lista transcribo a continuación por considerar que supone una
aportación grata para la Comunidad actual, en la reconstrucción del
pasado del Monasterio de la Piedad.
Dña. Sor Francisca de Santa Catalina y Solórzano,
Priora.
Dña. Sor Josefa de San Bartolomé y Epderica,
Subpriora.
Dña. Sor Rosa de la Piedad Femández , Depositaria.
Dña. Sor Margarita de San Francisco y Saenz,
Depositaria.
Dña. Sor Andrea de San Pedro Mártir y Arce.
Dña. Sor Teresa de Jesús
y San Millán.
Dña. Sor María de San
José y Arce.
Dña. Sor Teresa de Sto. Domingo y Soria.
Dña. Sor María de Sta. Rosa y Angulo.
Dña. Sor Casimira del Rosario y García.
Dña. Sor Gaspara de la Asunción y Ozalla.
Dña. Sor Isidora de los Dolores y Crespo.
Dña. Sor Gabriela de San Julián y Junguito.
Dña. Sor Cándida de la Concepción y Arce.
Dña. Sor Josefa del Carmen y Gómez.
Dña. Sor J9sefa de Sta.
Teresa y Caballero.
La Comunidad actual y las futuras deben reconocer de
modo especial los nombres de estas Religiosas, ya que a ellas les cupo la
infausta suerte de ser las protagonistas de la mayor y más amarga
desgracia acaecida en los 464 años de existencia del Monasterio. Me
refiero naturalmente a la expropiación o desamortización de los bienes
de la Iglesia.
DESAMORTIZACION
ECLESIASTICA.
La Desamortización, según el espíritu de sus
Legisladores, consistía en la separación de los bienes no circulantes de
las «manos muertas» con objeto de ponerlos a disposic ión de quienes
los hicieran producir, haciendo que se emancipasen de su propiedad
improductiva.
Es obligado añadir, en aras del rigor histórico,
que la finalidad de reestructurar la propiedad de la tierra y dar acceso
de ella a los campesinos, significó por el contrario el incremento del
latifundio, ya que la burguesía urbana, la aristocracia y los grandes
terratenientes fueron los grandes beneficiados al aprovecharse del pago
tan beneficioso impuesto por el Gobierno, que lo ampliaré más adelante.
Necesario es igualmente manifestar de manera objetiva
que el 80% de la tierra era en aquella época propiedad de manos directas
improductivas, correspondiendo unos 4 millones de hectáreas a los
Municipios y unos 12 millones de hectáreas a la Iglesia.
El origen de la Desamortización eclesiástica tuvo
lugar en las zonas ocupadas por las tropas francesas, cuando en 1809 éstas
suprimieron las Ordenes monásticas mendicantes, las de Clérigos
regulares y las Ordenes militares y transformaron sus propiedades en
bienes nacionales. Las Cortes de Cádiz confirmaron en 1812 la incorporación
al Estado de los bienes incautados por las tropas francesas a las Ordenes
religiosas suprimidas.
1837
La ley de Bienes Nacionales de 1837 culminó la
desamortización eclesiástica tras la disolución de todas las Ordenes
religiosas, si bien esta última disposición no tuvo efecto pleno. Los
bienes raíces, rentas, derechos, títulos y toda propiedad de las
Comunidades religiosas son transformadas en bienes nacionales después de
someterlos a pública subasta... Los compradores podían adquirir la
propiedad de estos bienes en el transcurso de los 16 años siguientes
pagando en efectivo una quinta parte de su total valor y el 5% de interés
para el Estado por el importe de la parte aplazada o bien hacerlo efectivo
en 8 años y un 10% del nominal en el momento de la compra.
En 1860, se llega a un pacto con el Vaticano en
virtud del cual la Iglesia acepta la permuta de los bienes no
incautados,por Títulos de Deuda Nacional al 3%.
El despojo de los bienes raíces del Monasterio de la
Piedad acaba de ser consumado.
A excepción de una carta dirigida por la Priora al
Intendente General de la Hacienda de Logroflo en relación con la
desamortización eclesiástica, no aparece referencia ni documento alguno
,en el Archivo monacal que indique, a partir de 1837, posesión, venta,
administración, renta, etc... de ninguna clase de bienes. En el escrito a
que hago referencia, la Priora, Sor Francisca de Santa Catalina y Solórzano,
suplica'que se les reconozca la posesión de su huerta que les sirve de único
medio de sustent.o, de recreo para las Religiosas y de cementerio.
«El Señor Comisionado de Arbitrios de Amortización
de Santo Domingo de la Calzada accede a que no se prive a la Comunidad la
huerta que les sirve de recreo para la salud y les concede un pequeño
terreno que tienen destinado para su ventilación y panteón».
16-VIII-1837
La fecha de este Oficio es de 16 de Agosto de 1837.
Igualmente en 1837 se promulga la Ley por la que se
suprimen los Señoríos jurisdiccionales, si bien se respeta la propiedad
privada de los mismos. Como consecuencia de estas disposiciones legales
sabemos que el último Conde y Señor de Haro, Don Diego Pacheco Telles
Girón y Fernández de Velasco, descendiente de los Condestables de
Castilla, Patronos y Cofundadores de nuestro Monasterio de la Piedad, deja
de disfrutar de sus tierras, por venta, cuyo valor sólo de las que poseía
en la Villa de la Casa de la Reyna, tanto en fincas rústicas como en
urbanas, ascendió a 36.000 Reales.
1851
Existe tradición en el Monasterio de que a partir de
1851 el Monasterio se dedica a la enseñanza de acuerdo con el Concordato
de aquella fecha.
COMUNIDAD
EN 1853
Vuelvo a ofrecer una nueva lista de las Religiosas
que formaban la Comunidad en 1853, porque estimo que de esta Comunidad
actual y las siguientes pueden disponer a mano, en un sólo volumen, de
los nombres de las Religiosas que les han precedido:
Doña Petronila Gómez de Payangos y San Vicente,
Priora.
Doña Eugenia de Otazu, Subpriora.
Doña Ana Cathazan y Ubago, Depositaria.
Doña María Manuela de Paternina, Depositaria.
Doña Phelix María en Encío y San Vicente.
Doña Beatriz Antonia López de Ollauri.
Doña Francisca de Santhiago.
Doña María Ruiz del Castillo.
Doña Ana María de Herrera.
Doña Josepha Fernández de Guevara.
Doña Magdalena de Zufia y Gómez.
Doña Cathalina de Mufloz y Quete.
Doña Francisca María de Porres.
Doña Casilda de Bergara y Castro.
Doña Agustina López de Herrera.
Doña Theresa de Esquiroz y Aldaba.
Doña Josepha de Albiz.
Doña Clara de Quincoces y Mendoza.
Doña María Magdalena de Bergara.
Doña Manuela Ladrón de Zegarna.
Doña Jerónima Ladrón de Zegama.
Doña Francisca Ladrón de Zegarna.
Doña Ana de Bafluelos.
Doña Ana de Guardamino.
Doña Lorenza de Guardamino.
Doña Francisca de Arias.
Doña María de Isla y Campa.
Doña Cathalina Phelipa de Ahuero y Zegarna.
Todas profesas.
COLEGIO
-
INTERNADO.
La primera referencia que tengo anotada sobre la
existencia en el Monasterio de la Piedad de un Colegio‑Internado,
procede de las Ordenanzas correspondientes al año de 1876.
1876
«... Ordenarnos asimismo que las Señoritas
Colegialas no acudan al Coro a tocar el piano --supongo que se referirá
al órgano-- a no ser en casos muy excepcionales y en tal caso que no se
les permita por ningún concepto tocar música profana, mucho menos
polcas, habaneras u otras cosas por el estilo, sino sólo piezas
religiosas...
Permitimos no obstante, que para que los padres de
las Sefloritas Educandas se cercioren de sus adelantos, el armonium o
piano sea bajado a la Reja ... »
De la importancia y relieve de este Colegio--Internado
nos hacemos cargo a través de un folleto, publicado en 1885 bajo el título
de
Colegio de Señoritas de
NUESTRA SEÑORA DE LA
PIEDAD, dirigida por
Religiosas Dominicas
CASALARREINA, provincia
de Logroño.
En un siglo como el pasado XIX, tan particular e
innovador en los múltiples campos de la Legislación, la Filosofía, la
Educación, la Técnica, etc... y azotado por los numerosos conflictos y
levantamientos como la guerra de la Independencia, de las guerras civiles
carlistas y las de la Emancipación del Imperio colonial, los Centro de
enseñanza fueron escasos y las posibilidades de la población comarcal de
la Rioja, en cuanto a su educación, elementales.
El librito expone los principios en que se basa la
formación cultural y religiosa de las educandas, pero nada es más
ilustrativo a este respecto que transcribir algunos párrafos de él
extractados.
«A obtener estos santos fines se dirigen los
esfuerzos de las Religiosas Dominicas de Ntra. Sra. de la Piedad en la
villa de Casalarreina; y que los han conseguido, lo prueba los brillantes
resultados obtenidos hasta el presente y la preferencia dispensada por
muchos padres de familia, que, celosos por la educación de sus hijas,
continúan confiándoselas seguros de ver cumplidos por este medio sus
justos y laudables deseos.
El Colegio es una verdadera obra de arte ya por sus
vastas dimensiones, ya por sus magníficas salas y departamentos, ya en
fin por la multitud de esbeltas columnas que embellecen y hermosean sus
espaciosos corredores. Situado en una de las'mejores posiciones de la
población (que con razón se llama el Aranjuez de la Rioja), junto a la
carretera de Burgos a Logroño, a cinco quilómetros de Haro, villa de
gran importancia en la fértil y extensa llanura llamada Rioja, ofrece la
ventaja de poder aprovecharse del ferro‑carril, pues de la estación
de Haro salen diariamente coches para los puntos más importantes de la
comarca, pasando precisamente por los umbrales del Colegio. El clima es
suave y tan sano que a todos prueba; el cielo, siempre despejado y el
bello panorama que a la vista se presenta, hacen la estancia agradable y
amena. El río Oja que atraviesa su fértil, extensa y hermosísima
huerta, hace que muchas personas la comparen a un bello jardín, tan útil
y necesario en las Casas de educación.
La
Enseñanza.
El conocimiento de nuestra adorable y católica
religión ocupa el primer lugar entre la variedad de clases que se dan en
este Colegio. A este fin se dirige la enseñanza razonada de Doctrina
cristiana, Historia Sagrada, Religión y Moral.
Sigue a la enseñanza
religiosa la comprendida en las asignaturas siguientes:
LECTURA de prosa, verso y manuscritos.
ESCRITURA de varios caracteres o formas de letra.
REDACCION de cartas, familiares y de estilo.
GRAMATICA española con análisis gramatical y lógica.
GEOGRAFIA e HISTORIA de España y Universal.
ARITMETICA razonada y elementos de Algebra.
TENEDURIA de libros.
GEOMETRIA, medidas de superficie, volúmenes y
desarrollo de poliedros.
ELEMENTOS de retórica poética.
LECCIONES prácticas de orden, higiene y economía
doméstica.
NOCIONES de Física, Química, Historia Natural y
Arqueología.
Clases de
adorno:
DIBUJO lineal, de paisaje, de adorno y de figura.
PINTURA, a la acuarela, pasta, óleo, en lienzo,
tabla, bronce y cristal. Fotografía.
LENGUAS, Francés, Inglés, Italiano y Portugués.
MUSICA, Canto y piano.
Labores
COSTURA, en blanco, color, prendas de Señora,
composturas y zurcidos en color, tela sencilla, mantelería, puntos
adamascados sobre tu] y telas de paño.
CORTE: por sistema métrico y de última novedad.
PLANCHADO Y RIZADO.
CALCETA: hechura y compostura, puntos variados y
calados.
TAPICERIA: a dos caras, relieve y renacimiento.
CROCHET: diversos puntos con aplicación a colchas,
edredones y otros objetos.
BORDADOS: en blanco, al céfiro, sedas, litografía,
al pasado, oro, al relieve, artístico, aplicaciones, toda clase de flores
imitando al natural con sus pétalos y fin de siglo.
PUNTOS: oriental, mosaico, persa, chino, etc.
CALADOS: en tela y tul.
MALLA: puntos de tul, cuadrado y doble con bordado a
mate y guipur.
TRIBOLITE: con aplicación a puntillas y entredoses.
MACRAME: aplicado a flecos, tapetes, etc.
PASAMANERIA: trencillas, cíngulos, fiadores y
cordones.
ENCAJES: catalán, inglés, brasileño, flandes, guípur,
con hilo, seda, pkita y oro.
PETACAS y CARTERAS: con. cabello, recuerdos,
funerarias, cadenas de reloj, etc. Con paja, variedad de labores.
MARQUETERIA: jarrones, rinconeras, pilas y otros»
objetos.
FRUTAS y FLORES: en tela, cera, porcelana, piel de
Rusia y preciosos talcos.
Alimentación
La alimentación se da abundante y esmerada con
buenas y exquisitas frutas para postres y meriendas.
Pensión
Por la pensión abonarán 120 pesetas por cada
trimestre. Además abonará cada alumna 50 pesetas anuales por razón de
útiles para la enseñanza, asistencia médica y medicinas. Los específicos
y gastos juzgados por el facultativo como extraordinarios, corren por
cuenta de los interesados.
El honorario mensual por cada una de las clases de
ADORNO será de 5 pesetas. La fotografía, según los gastos en placas,
etc. Por las Clases Especiales se abonará una cantidad convencional.
Equipos
Compónese éste de cubierto, cuchillo, dos vasos,
uno de metal blanco y otro de cristal, Seis servilletas, Seis toallas,
Seis sábanas, Seis fundas, Dos mantas, Una sobrecama, Una alfombrita. El
Colegio se encarga de poner la cama, excepto la ropa blanca, abonando tres
pesetas por triemestre. Dos vestidos negros, Dos varas de merino negro
para esclavina de verano, Una capa negra de abrigo para invierno Un abrigo
Dos pañuelos blancos de seda para corbata Seis camisas Seis pantalones,
Doce pares de calcetas Dos pares de botas, Dos pares de zapatillas, Dos
peinadores, peines y cepillos, Dos batas sencillas que constituyen el uniforme
de Colegio.
Recreo
y Visitas
Cuando el tiempo lo permite, las colegialas juegan y
pasean por la huerta y cuando no es posible, se suple el paseo de la
huerta con variados juegos y distracciones por el claustro y otras
dependencias del Colegio.
Además pueden tomar baños, ya en cuarto destinado
al efecto, bien en el agua corriente del río o al pie de la cascada que
corre en la misma huerta.
Los padres que no residen en la Villa, cuando vengan
a ver a sus hijas, podrán sacarlas por algunas horas a la casa Vicarial y
en este caso, corren por cuenta de los interesados todos los gastos que se
hagan en comidas y recreos.
Enfermas
En caso de enfermedad se les cuida con suma
diligencia, pero si la enfermedad fuera grave, puede sacarse a la paciente
en su misma cama a la casa Vicarial y ser cuidada por sus interesados.
Admisión
de las Colegialas
A su ingreso deberán presentar certificación de
buena conducta de sus padres o tutores, librada por el seflor Cura Párroco
de su residencia y las Bulas de la Cruzada y privilegio de carne.
NOTA:
Las clases de Francés, Inglés, Italiano y Portugués
están desempeñadas por una Religiosa natural de Angulema (Francia),
educada desde la edad de cinco años hastos los 18 en uno de los
principales centros de enseñanza de París.
Por considerar de interés
históri¿o para la Comunidad actual y al mismo tiempo para la historia
del Colegio del Mo ' nasterio, añado algunas anotaciones descubiertas,
finalizada la redacción de este libro, en un cuadernillo titulado «Acontecimientos notables»:
«El año 1857 se entarimó la Sala del Colegio en
1.080 Reales.
El 1859 se 'compró el primer piano para el Colegio
en 1.044 Rs.
En 1862 se hizo el Dormitorio alto del Colegio y costó
8.503 Rs.
En 1863 se hizo el Coro Bajo que costó 13.188 Rs. y
se gastó 4.123 Rs. en mesas, sillas, sedas, telas y demás para dar
principio al Colegio.
(Es evidente por lo tanto que la apertura del Colegio
tiene lugar entre el año 1863 y 1864).
En 1865 se compró el segundo piano para el Colegio
en 1.945 Rs.
Año de 1867 se gastó para la Obra de la Enfermería
del Colegio 6.141 Rs.
En 1873 se fundió la Campana que cae al Colegio y
las dos se pusieron a vuelta y costó 1.000 Rs.».
Añado algunas otras anotaciones que las considero de
interés en la pequeña historia del Monasterio de la Piedad, encontradas
en un cuadernito de uso privado del Convento.
«Siendo Priora Sor Mamerta de Jesús se recibió de
limosna en 1856 un manucordio en buen uso y un método de piano, nuevo,
que D. Antonio Pérez había enviado a su hermana Sor Soledad».
VARIOS
Por pertenecer a las Ordenanzas que hemos mencionado
en el apartado anterior, de fecha 1876, copio algunas que las considero
curiosas y susceptibles de informarnos de pequeños detalles de la vida de
aquellas Comunidades.
1876
«... Los Santos Fundadores han recomendado la
Observancia del Silencio... así como de no observarlo viene por el
contrario el desconcierto, nacen chismes, se alimentan murmuraciones y
hasta se pueden acrecentar envidias... queremos también y ordenamos que
en la Sala de Labor lease cualquier libro piadoso, espiritual o
edificante..:
... advertimos que cuando una Religiosa baje sola a
la Reja, ha de haber siempre escucha, sin exceptuarse nadie de esta
observancia...».
1877
En este apartado de Varios que abarca los años
finales del siglo XIX, creo necesario reflejar que en 1877 se estudia y
prepara un «Proyecto de Colegio de Externas y Medio Pensionistas».
El Archivo monacal guarda igualmente documentación
redactada en aquellos años para otro «Proyecto de Escuela Privada para
niñas de 7 / 12 / 18 aflos».
1881
Tengo anotadas dos referencias de que en 1881 «se
recupera la Bodega situada bajo el Coro inferior» y de ese mismo año el
Monasterio permuta con el Sr. Guardia una bodega por el terreno existente
entre el Convento y el Cauce en todo lo largo del citado Convento».
1882
Don Miguel Manso de Zúfliga, Conde de Canillas, hace
entrega en 1882 al Monasterio de los siguientes cuadros:
«Un cuadro pequeño del Señor - Otro pequeño de su
Santa Madre - Uno grande del Nacimiento del Bautista - Otro grande de la
Adoración de los Santog Reyes - Otro grande del Descendimiento del $eñor
- Otro grande de San Lucas pintando a la Ssma. Virgen - Otro grande de San
José con el Niño Jesús - Otro grande de San lldefonso - Otro grande' de
San Lorenzo y Otro grande de San Francisco de Paula».
Estos cuadros están distribuidos entre la Iglesia,
la Sacristía y el Refectorio.
En el Archivo podemos encontrar «Normas y Actas de
Elecciones de Priora y Visitas que abarcan desde 1871 a 1877».
Por este tiempo de 1856 envió D. Isidoro Pérez a su
hija Sor Soledad 1.800 Rs. para pagar el Armonium que se había encargado
con su beneplácito.
En 1874 se hizo una puerta en la Vicaría y costó
1.750 Rs. y dicha puerta da a la plaza.
Cuando se hizo el Coro Bajo, año de 1861, se bajaba
al Confesonario por unas escaleras que habia donde ahora está el
Comulgatorio y por la parte de la Iglesia entraba el P. Vicario en su
Confesonario a piso llano. En el año 1896 se pone la Comulgatoria donde
las escaleras, dejándolas cubiertas. Hasta ahora se comulgaba por la
ventana del Confesonario que estaba en el mismo sitio que hoy, pero más
bajo.
En 1876 se compró la máquina de cortar ropas y costó
849 Rs. o sea, 212,25 ptas.
En 1876 se principió a
recortar el Palio que costó bordarlo un año y gastó la Comunidad 2.470
Rs., lo demás, hasta 5.000 Rs. fue de limosna, una de ellas por Dolores
Cortázar de 1.400 Rs.
En 1879 se compró la Pila de agua bendita para la
Iglesia. Costó 340 Rs.
En 1879, a mediados de Noviembre, se terminó la obra
de retejo general que cae al Colegio para lo cual dió el Gobierno 27.000
Rs.
En 1880 se compró un reloj para el Noviciado en 144
Rs.
En 1881 se compró otro piano en 800 Rs.
En 1883 se pusieron las Celosías del Corredor, costó
2.418 Rs.
En 1883 se compró una máquina para elaborar
chocolate, costó 1.200 Rs.
En 1884 se entarim6 la Sacristía y pasillo de la
Casa Vicarial.
En 1886 se pintó el Presbiterio y vidrieras y costó
832 Rs.
En 1888 se compró la Cocina económica de la Casa
Vicarial y costó 252 Rs.
En 1888 el 15 de Octubre se cerró el Sepulcro de la
Fundadora y costó 1.250 Rs.
Año de 1888 se hizo la Pesquera y costó 1.272 Rs.
En 1871 se compró otro piano de segunda mano en
2.000 Rs.
El Locutorio se entarimó y pintó con una limosna
que hizo el Sr. Obispo de C"orra D. Antonio de Cascajares, después
Arzobispo y Cardenal. Este se hizo en el año de 1891.
En 1893 se entarimó la Iglesia y la cuenta de todo
lo que costó está en el Cajón del Archivo. Costó 1.000 Rs. que nos dió
el Sr. Vicario D. Santiago Cabello.
El año de 1894 envió D. Raimundo Gómez de Arteche
a su hija Sor Aniana el piano de mesa hecho en Madrid por D. Javier Lerrú,
el cual se colocó en el Coro Bajo para que tocase durante la Comunión.
Por el año de 1894 se compró la efigie de N. P.
Sto. Domingo que se lleva en procesión».
APERTURA
DEL SEPULCRO DE LA FUNDADORA.
1888 ha sido en la vida del Monasterio de la Piedad
uno o tal vez el año más jubiloso de los siglos XVI, XVII, XVIII y XIX,
exceptuados, naturalmente, los años de la Fundación -1514-1527- debido a
que durante este preciso año la Comunidad toma la decisión de despejar
sus dudas respecto a la ubicación exacta de la Sepultura de la Fundadora,
Sor María de la Piedad, en el siglo Doña Isabel Alonso de Guzmán y Fernández
de Velasco.
Prescindo en esta ocasión de mis comentarios para
dar paso a la resefla sencilla y expresiva de la Secretaria de la
Comunidad, Sor Petra de los Dolores:
7-VII-1888
«El descubrimiento verificóse del siguiente modo. A
'principios del mes de Julio del año de 1888 había albañiles empleados
en la ejecución de reparos necesarios para la conservación de la parte
interior del Convento.
Aprovechando esta oportunidad, quisimos se compusiera
el indicado Altar de las Reliquias que estaba muy deteriorado y se mandó
a los albañiles el día 7 por la tarde.
Los operarios emprendieron su faena principiando por
deshacer parte del Altar para recomponerlo mejor y pronto se conoció que
aquello era, según lo sabíamos por tradición, el Sepulcro de Sor María
de la Piedad.
Esta circunstancia, junta a la de acercarse la hora
del rezo de Maitines, hizo que los albañiles fueran despedidos y que, en
el descubrimiento del Sepulcro de tan buena Madre, no intervinieran más
que sus Hijas, llegando varias Religiosas, en la noche del 9, al encuentro
del cuerpo, envuelto en una argamasa de cal.
Con el parecer de las Madres de la Comunidad y el
respeto debido, se rompió la argamasa por los
lados superior e inferior y habiéndose adquirido la certidumbre de que
aquellos eran los restos mortales de nuestra buena Madre, se puso en
conocimiento del Excmo. e limo. Sr. D. Antonio María de Cascajares y
Azara, Obispo a la sazón de esta Diócesis, recibiendo de su Delegado D.
Raimundo de Luyando, Canónigo Lectora¡ de la Santa Iglesia Catedral de
Calahorra, la orden de esperar para el total descubrimiento a su venida a
la Santa Visita, la que prometía hacer a fines de aquel mismo mes.
El Sr. Luyando vino el 28 de Julio y quiso que, a su
presencia se verificara la operación de hacer desaparecer la argamasa.
Con tal objeto penetró en el Coro, acompañado del Rdo. P. Vicario de la
Comunidad, el Presbítero D. Pedro Barrón del Campo y levantada por las
Religiosas la argamasa, apareció todo el cuerpo vestido con el Santo Hábito
de estarnefla blanca y el velo negro, teniendo hasta cerca de los quince
misterios del Santísimo Rosario, cuyas cuentas se hallaban engarzadas en
un cordón de seda verde, tan consistente después de tantos años, que se
creyó al principio ser cuerda de vihuela.
El cuerpo se hallaba completo, los pies rectos,
estando entero el izquierdo y un poco desgastado el derecho; las rodillas
y brazos permanecen unidos al tronco y por todo el cuerpo y labios hay
bastante carne, seca sí, pero de un color sonrosado; la piel de la cabeza
está de buen color y conserva un poco de cabello color castaño; el Hábito,
velo, Rosario se encuentran en excelente estado de conservación.
16-X-1888
El P. Vicario autorizó la extracción de parte del Hábito,
velo y Rosario para reliquias, mandando le quitaran toda la tierra de
encima, se la cubriera con otro Hábito y se pusiera una cubierta de mármol,
todo lo cual se ejecutó fielmente y el día 16 de Octubre del propio año
de 1888 se cerró por completo el Sepulcro en forma de Altar, depositando
dentro de él en una caja de hoja de lata el Acta correspondiente.
Con maravillosa rapidez, se extendió la
noticia y con verdadero encarecimiento se solicitan desde entonces sus
reliquias, habiéndonos participado también la consecución de algunos
favores obtenidos por la veneración de éstas e intercesión de nuestra
muy amada Fundadora, a quien deseamos vivamente un inmenso poder de
intercesión para gloria de Dios Ntro. Señor, honra de su buena sierva,
Sor María de la Piedad, ornamento de la Familia Dominica,
esplendor de esta Santa Casa, consuelo y aliento de sus Hijas actuales y
futuras, bien de esta Villa de Casalarreina, de su comarca y de toda la Diócesis,
timbre y blasón refulgentísimo de su extensa y linajuda parentela y
honor de España, Patria de Santo Domingo de Guznián».
Sor Mamerta Ochoa de Jesús, Priora.
Sor Saturnina de la Visitacíón, Subpriora.
Sor Petra de los Dolores, Secretaria.
Monasterio de Ntra. Sra.
de la Piedad
Casalarreina, a 16 de Octubre de 1888.
FAVORES
OBTENIDOS
28-X-1888
«Un favor obtenido por mediación de nuestra
Venerable Madre»
Una señora del pueblo de Mirabeche, provincia de
Burgos, estaba gravemente enferma logró por mediación de una amiga suya,
Doña Casilda Guardia, vecina de esta Villa, obtener un pedacito del Hábito
de la Venerable Madre y en el momento que se lo aplicó, obtuvo curarse
radicalmente; tal ha sido su agradecimiento que el pedacito lo ha colocado
en un relicario de plata y ha mandado dos personas en peregrinación y con
orden para el Padre Vicario de esta Comunidad, Don Pedro Barrón, para que
en agradecimiento a tal beneficio, celebre dos Misas a su intención, una
a nuestro Padre Santo Domingo y otra en veneración del cuerpo de la
Sierva de Dios y uno que vino en peregrinación, también tenía un
padecimiento y en el momento que obtuvo algo de la reliquia, también dijo
que sentía mejoría en su padecimiento.
Esto es todo lo que
sabemos en cuanto a esta persona y los que mandó».
Casalarreina, 28 de
Octubre de 1888
«Gracia concedida por la Fundadora»
1894
«Yo, Benita Ortiz, vecina de Pancorbo, provincia de
Burgos, declaro y afirmo para gloria de Dios y de su Sierva la Venerable
Sor María de la Piedad, que en el siglo se llamaba Doña. Isabel de Guzmán
y era Exma. Duquesa de Medína Sídonía hasta que dió todos sus
intereses para acabar de fundar el Convento para Religiosas Dominicas en
la Villa de Casalarreina, donde vistió el Santo Hábito y fue Priora,
viviendo muy religiosa y santamente como lo prueba el favor obtenido por
su intercesión, pues encontrándome yo gravemente enferma, me aplicaron
una reliquia suya y yo me encomendé a ella muy de veras con verdadera fe,
suplicándole me curara, como así sucedió, que el Señor me volvió la
salud y hoy he venido a oir Misa en el Convento donde reposan sus sagrados
restos según la promesa que hice.
Y para que conste lo firmo en Casalarreina, día de
San Juan Bautista del aflo de 1894».
Benita Ortiz.
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