Monasterio de la Piedad.

Casalarreina.

 

 

 

Espagna.

 

Presentación.
Prologo.
Capítulo I
Capítulo II
Capítulo III
Capítulo IV
Capítulo V
Capítulo VI
Capítulo VII
Capítulo VIII
Apéndice.
Indice.

Rufino Gil de Zuñiga.

 

 

 

Capítulo VII.

 

EL MONASTERIO A LO LARGO DEL SIGLO XIX

 

SENTENCIA EXECUTORIA DEL REY CARLOS IV SOBRE EL CAUCE MOLINAR.

 

 

 

Las diferencias entre el Monasterio y el Concejo de la Villa de Casa de la Reyna siguen enturbiando las obligadas buenas relaciones de vecindad y una vez más la «Sra. Priora, Monjas y Convento» intentan poner fin a un problema de casi dos siglos de duración.

 

Comunidad de Lima (Perú).

Recurren en efecto a la Chancillería de Valladolid por mediación de su Procurador exponiendo que: digo que el Convento es dueño y posehedor como propio de un Molino arinero de tres ruedas y... han experimentado la extraña novedad de que la Villa, su Justizia y Ayuntamiento corta el agua del Calze que ba y se dirige al citado Molino con el fin dicen de pescar, causando grave daño a la Comunidad porque no moliendo el Molino, cesa la renta... por lo que suplico a vuestra Alteza se sirva mandar despachar vuestra Real Prov issión con graves multas y apercibimiento para que la Justizia... no corte el agua del Calze... que la Comunidad ha tenido siempre para el disfrute de las aguas para el uso de los Molinos .... »

 

Como esperaba y solicitaba la Comunidad, la Chancillería dicta sentencia por medio de una Executoria Real Provisión cuyo texto extractado dice así:

 

« ... y fue acordado y tubimos por bien expedir nuestra Real Provisión para Vos la Justicia y Ayuntamiento de la Villa de Casa de la Reyna por el qual mandamos que... con ningún pretexto ni motibo no os propaseis ni parmitais que ningún vecino egecute el cortar el agua del Cauce que va al Molino... dentro de quince días siguientes, sin la menor retardación so pena de diez mil maravedís.

 

Dada en Valladolid a veinte y tres de Octubre de mil ochocientos dos».

 

«Echo saber al Ayuntamiento»

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Monasterio de la Pietad.

26-X-1802

 

«En la Villa de la Casa de la Reyna a treinta y uno de Octubre de mil ochocientos dos por testimonio de mí el infrascrito Escribano se congregaron los Señores Don Juan Fernández de las Corradas y Antonio Pérez Suso, Alcalde y Juez Ordinarios...

 

»... en ella y su execución... estando así congregados, les hice saber y leí la Real Provisión antecedente, como individuos que componen la mayor parte del Ayuntamiento y enterados respondieron la obedecían con el respeto debido y cumplirán con lo que se les manda y por ello lo firmaron de que doy fe.

 

»Provissión para que no puedan quitar la agua del Cauce ni la Justicia ni ningún particular. Firmado por el Escribano de su Magestad el Rey Carlos IV».

 

NUEVAS DIFICULTADES ECONOMICAS EN LA COMUNIDAD.

 

La ausencia de la Comunidad del Monasterio durante 53 días y la transformación del Convento en Hospital de campaña han causádo destrozos en su mobiliario y puertas cuya reparación agudiía, la precaria situación económica de la Comunidad.

 

Fiel reflejo de estas duras circunstancias es la correspondencia intercambiada entre la` apenada Priora, Sor Manuela de San Bernardo, y el P. Provincial, Fray Josef Muñoz.

 

1803

 

«Aunque con mucho sentimiento -escribe nuestra Priora -por conocer la carga grande que se origina y la mucha que tiene este Convento, nos obliga a suplicar a V.P.M.B. se sirva de concedemos retirar 20.000 Reales para la obra del Convento, pues como ya insinuarnos en la antecedente carta y en ésta no podemos decir más sino que Dios a obrado milagrosamente en que no se aia arruinado el Convento y nos aia sepultado a toda la Comunidad y así no podemos esimimos de estos gastos pues el P. Vicario dice que no se ha hecho ni se ará cosa que no sea necesaria y así en nombre de toda la Comunidad le suplicamos nos conceda la dicha licencia ... ».

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Quanto la Sra. Priora expone, añade el P. Vicario, es cierto y io he presenciado el consentimiento de todas las Religiosas que han dado todo sin reparar, pues no hallan otro recurso para tener luego contacto y salir de la estrechez»

 

«Siendo tan urgente la necesidad de reparar el Convento como Vr. me expone, concedo la licencia --escribe el P. Provincial-- para extraer los 20.000 Reales del Arca de Capitales... pero con la condición de que en cada un año se han de reponer 600 Reales... envío la licencia para vender las viñas contenidas en el memorial pero es necesario considerarlo con madurez y que la venta se haga con consejo de peritos ... ».

 

Una nota al final de la carta añade :

 

«No se bendieron las vifias de Illauri por falta de compra­dores».

 

La Madre Priora insiste:

 

«No podemos menos de volver a recurrir a V.P. por los ahogos en que se be el Convento. Hazemos de nuevo presente que parte de las vifias para. cuia venta V.P. di6 su licencia, no ha tenido compradores y la otra parte no ha tenido el valor que se esperaba... suplicarnos a V.P. para poder sacar trescientos Ducados que es el Capital que acabamos de recibir de un concurso ... ».

 

Desde San Pablo de Palencia el P. Provincial llama seriamente la atención al Monasterio:

 

«Tengo entendido que en, esa Comunidad no se observa lo dispuesto por nuestro Emo. Boxadors, por mi antecesor y por mí acerca de la reposición de capitales y se valen de unos arbitrios nada conforme a razón ... »

 

«Esta mi carta la leerá V.P. a presencia de toda la Comunidad para que les conste y se guardará en Depósito... Me pareció explicarine suficientemente de que lo anulaba y que debían reponerse efectivamente y en la realidad, pasados 4 años, debe reintegrarse aquella cantidad atrasada.

 

Quando no acomoda alguna determinación, parece no la quieren entender ... ».

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Al parecer la Comunidad está haciendo perder la santa paciencia de su Provincial, por lo que doy por finalizado este nuevo apartado de penuria de la Comunidad.

 

 

NUEVO DESALOJO DEL CONVENTO.

 

Las penalidades, sin embargo, no decrecen desgraciadamente ni para el Monasterio ni para la Comunidad.

 

Huelga como siempre mi comentario ante la siguiente angustiosa carta que la Priora, Sor Magdalena de San Vicente, dirige con dignidad al

 

«Señor Intendente de la Provincia de Burgos.

 

Soror María Magdalena, Priora de este Convento de la Piedad de la Casa de la Reyna, Orden de Santo Domingo, hace presente a VS. que con motivo de haber destinado a dicha Villa parte de la tropa francesa, su Justicia echó mano del dicho Convento para alojamiento de ella y al mismo tiempo y sin damos parte, de una Casa contigua al mismo Convento, sin necesidad alguna de ocuparla por lo muy capaz del Convento para mayor número del que se introdujo.

 

A , pesar de esto y de ocupada la Casa, se pribaba a las Monjas de la Iglesia y Coro, a que podían concurrir sin intervención alguna con el dicho Convento, pero no hubo remedio y tuvieron las Monjas que hospedarse en Casa del Señor Don Manuel Pobes, Caballero y vecino de esta Villa, en donde permanecen aún desde el próximo pasado 3 de Enero hasta el presente y ocupan dicha Casa‑Colegio 100 franceses.

 

Por lo que ansiosas las Monjas de trasferirse a ella, para tener el consuelo de asistir a su Yglesia y Coro y no causar más incomodidad en la Casa en que se hallan, ha suplicado repetidas veces a la Justicia la composición y arreglo de las piezas y oficinas que ocuparon los franceses y de algunas puertas y ventanas que quemaron, cuyos gastos podrán ascender, según el juicio de un maestro a Nobecientos o Mil Reales, lo que no quieren ejecutar ni aún damos un papel de Resguardo para reintegrarnos en lo sucesibo, sin licencia de V.S.

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Bien consta a todo el pueblo la indigencia del Convento, mayormente en las actuales circunstancias y que por haber sufrido todo el golpe del alojamiento, ha redundado todo en beneficio del pueblo.

 

En esta atención, ruego a V.S. se digne mandar se reconozcan los deterioros del Convento y verificado su importe, expidan un Decreto a dicha Justicia para que inmediatamente procedan a la composición en que recibiremos especialísima merced.

 

Sor M agdalena de San Vicente, Priora».

 

La ocupación dura esta vez 108 días, desde el 3 de Enero hasta el 23 de Abril del mismo año de 1808.

 

La tradición ha venido transmitiendo de Comunidad en Comunidad que los Libros y documentos relacionados con el «Indice General de Papeles que se allan en el Archivo de este Convento», «en aquellos tiempos», desaparecieron durante este éxodo de la Guerra de la Independencia.

 

De acuerdo con esta tradición la Comunidad temerosa de que las tropas francesas destruyeran su Archivo o robaran sus cuadros y objetos de valor, hicieron entrega a un Sacerdote Canónigo de la Catedral de Calahorra, familiar de una Religiosa de nuestro Monasterio, de cuanto consideraron pudiera estar salvaguardado de la rapiña francesa. El lugar donde el Sacerdote guardó el Archivo del Monasterio, fue desgraciadamente incendiado o saqueado y los Papeles del Archivo desaparecieron para siempre.

 

Desde el punto de vista de la utilidad de aquellos documentos para rehacer el pasado del Monasterio, los clasifico en dos partes, agrupando en el primero aquellos que nos son indispensables para este cometido y el segundo está formado por Bulas, Breves Apostólicos, etc., que recogían los privilegios concedidos por los Papas a la Orden de Santo Domingo.

 

Afortunadamente las Comunidades venían haciendo traslados o copias de los papeles que podríamos calificarlos de históricos o fundacionales, por lo cual, merced a esta sabia práctica del Monasterio, me encuentro ahora ocupado en recomponer su pasado.

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Si bien la tradición señala que, como consecuencia de estas calarnidades, desaparecieron objetos de valor, no acierto a comprenderlo, ya que durante los 108 días de éxodo o desalojo de¡ Monasterio, las Religiosas estuvieron hospedadas en el Palacio de Pobes, a donde hay constancia de que trasladaron y ocultaron cuadros y objetos de valor.

 

Un testimonio de las penalidades por las que atravesaban las Religiosas de aquellos años, es la «Escritura de Venta de dos viñas que el Monasterio tenía en Castañares por estar inui alcanzadas que no tenían para sus más urgentes necesidades pero como no terminaban de cobrarlas, anularon su venta».

 

La Escritura mencionada en el párrafo anterior termina con este texto:

 

«En una de las piezas del Colegio confinante al Convento de Ntra. Sra. de la Piedad, Orden de Sto. Domingo de Guznián, sito en esta Villa de Casa de la Reyna a trece de Marzo de mil ochocientos diez ante mí el infrascrito Escribano y testigos que a seguido se expresan, parecieron presentes las Señoras:

 

Doña Magdalena de San Vicente y Echebarría, Priora.

Doña Andrea de San Pedro Mártir Arce y Celada, Subpriora.

Doña Josefa de San Bartolomé y Enderica, Depositaria.

Doña Saturnina de la Cruz y Tejada, Depositaria.

Doña. Jabiera de Santa María Magdalena y Arguifiano.

Doña Aquilina de Santa Theresa y Ponce de León.

Doña Theresa de Jesúá y San Millán.

Doña María de San Joseph Arce y Celada.

Doña Theresa de Santo Domingo y Soria.

Doña Victoriana de Elguero.

Doña María Josefa de San Miguel y Cortázar.

Doña Francisca de Santa Catalina Ortiz de Solórzano.

Doña María de Santa Rosa López de Angulo.

Doña Gabriela de San Julián y Huputu.

 

Gracias por tanto a esta Carta de Venta, conocemos los nombres de parte de las Religiosas de aquella sufrida Comunidad de 1810.

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DIFERENCIAS CON EL CONCEJO DE LA VILLA.

 

El trienio de régimen constitucional de 1820-1823 constituye en la historia nacional uno de los más agitados por las masas populares en favor de la desamortización eclesiástica. Es lógico pensar que las tendencias radicales o liberales de los gobiernos nacionales de aquellas épocas tuvieran influencia directa sobre los gobiernos provinciales extendiéndose sin duda al ámbito municipal de nuestra Villa de Casalarreina.

 

En 1821 se inicia en efecto un cruce de Oficios de su Ayuntamiento con respuesta de la Priora del Monasterio que ponen de relieve la escasa cordialidad existente en las relaciones entre ambas entidades a cuenta del uso y abuso de las aguas, en esta ocasión del Cauce del Medio Lugar.

 

Deduzco por las acusaciones del Ayuntamiento que la Comunidad retenía en exceso el agua de este Cauce. Si añadimos este posible abuso del agua por parte de la Comunidad en el discurrir de su huerta a la posible intolerancia de las autoridades progresistas de nuestra Villa, tenemos ya los elementos necesarios para que surja un nuevo pleito entre Monasterio y Concejo Municipal.

 

Es obligado recordar que el Monasterio poseía en esta jurisdicción muchas tierras de sembradura y viñas y es razonable asimismo pensar que los vecinos de esta Villa, arrendadores de las fincas monacales, fueran naturalmente partidarios fervientes de la Desamortización, ya que en aquellos años era cada vez más discutida.

 

La correspondencia cruzada entre el Monasterio y Concejo evidencia las diferencias que les separan.

 

3-III-1821

 

El Ayuntamiento se hace eco el 3 de Agosto de 1821 de varías quejas de sus vecinos contra la Comunidad:

 

«Que la agua del Rio, llamado de Medio Lugar, detenida en la huerta intra Claustra de hese Combento no pasa a dar riego a las huertas de dentro y fuera de esta Villa.

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Que se sigue notando la falta de agua que hasta aquí corría.

 

Que la Comunidad hechaba el agua de dicho Río de Medio Lugar por fuera de la huerta zitada.

 

Que se ebite así los grandes perjuicios que sufren los vecinos.

 

Que el Prior no ha tomado probidencia ninguna a la compostura de la entrada al puente desde la plaza de esta Villa a pesar de ser cargo de hesa Comunidad la dicha compostura.

 

Que se han dado varios recados al efecto.

 

Que el Ayuntamiento espera que la Comunidad dará las órdenes convenientes sobre ambos asuntos para evitar con la perentoriedad posible los perjuicios que en otro caso podrían resultar y ser cargo de hesa Comunidad».

 

La Priora del Monasterio en respuesta al anterior Oficio del Ayuntamiento hace saber en fecha de 6 de agosto del mismo año al Sr. Secretario del Concejo:

 

6-VIII-1821

 

«Que esta Comunidad está en posesión y puede probar el derecho' ' que tiene de aprobecharse de esta agua para el riego de la huerta. .

 

Que siempre usó de este derecho, y hasta ahora nadie la ha incomodado ni menos amenazado probarle del paso de este río por dicha huerta.

 

Que el otro cargo nos ha sorprendido aún más. Vds. asientan de seguro que la composición del Puente del Cauce molinar está a cargo de esta Comunidad y esto es lo que no puede admitir.

 

Que la fundación del Convento y la posesión del dicho Cauce y Molino precedió a la edificación del Puente de que se trata.

 

Que la Comunidad se reservó en su día el derecho de poder obligar a aquellos, a cuyo beneficio el puente se construía, a conservar siempre libre y expedita la corriente del agua, en cuya posesión estaba.

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Que de los Apeos antiguos de este Convento se deduce con la mayor claridad la inesistencia de dicho puente algunos aflos después de la fundación de aquél.

 

Que la compostura estaba a la entrada del Puente por la parte de la Plaza de esta Villa.

 

Que no se encuentran en los Libros de parte de este Convento, antiguos y modernos, partida alguna ni joma¡ invertido en su composición.

 

Que estas razones y fundamentos, expuestos el aflo pasado... paralizaron entonces el empeño.

 

Que el Sr. Marqués del Puerto, Alcalde constitucional resolvió que la composición del Puente se hiciese adelante por bereda enviando al efecto la Comunidad dos peones».

 

El Secretario del Concejo de la Villa insiste el 8 de Agosto de 1821 a la Comunidad:

 

«... que si se notare tanta retención del agua como días pasados se advirtió en la huerta de ese Combento, tratará de tomarla por fuera... según se intentó a fines del siglo pasado, como lo indica la parte de la zanja que se principió hazer y se halla a la salida de esta Villa para la de Ajugarte.

 

Que los Comisionados que el año pasado nombró la Villa... no encontraron en ese Combento comprobada la haserción gratuita de que era cargo de esta Villa la compostura y sostén del dicho paso.

 

Que el Ayuntamiento... adelantadamente adbierte por última vez a hesa Comunidad que si en el término de mafiana, no da principio a la compostura tan necesaria, se berá en la sensible necesidad de mandarla practicar a costa de la Comunidad el día siguiente».

 

9-VIII-1821

 

Al día siguiente, 9 de Agosto de 1821, la Priora responde al Ayuntamiento de la Villa:

 

«Que la Comunidad está pronta a cumplir lo acordado el año pasado por el Sr. Marqués del Puerto sobre la composición del puente.

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Que tampoco se negará a hacer lo que Vds. piden, siempre que el Ayuntamiento haga ver esta obligación con razones que deshagan las que asisten a la Comunidad para creer lo contrario.

 

Que en el caso, no esperado, de que el Ayuntamiento trate de componerlo a cuenta de la Comunidad, ésta desde ahora protesta todos los perjuicios que de este procedimiento le resulten.

 

Dios guarde a Vd.»

 

19-VIII-1821

 

El Secretario finalmente anuncia a la Comunidad en fecha de 19 del mismo mes y año:

 

«Que Tomás de Lizarrerán ha compuesto el puente en la parte más urgente y que el importe de la quarta asciende a la cantidad de 124 reales de vellón, los que espera se serbirá Vd. mandar entregar a dicho Maestro, ebitando así procedimientos ulteriores que el Ayuntamiento quiera ebitar.

 

El Barón de Mora».

 

El cruce de escritos con amenazas y alegaciones de inocencia por una y otra parte se interrumpe aquí con el anterior y último

 

oficio municipal, por lo cual nos quedamos ignorantes respecto a si pagó o no la Comunidad los 124 benditos reales de vellón, y en este supuesto, cuáles fueron los procedimientos ejecutivos que cayeron sobre el Monasterio.

 

El texto de los escritos que acabo de ofrecer a la lectura de nuestra Comunidad actual, me inducen a admitir que la Comunidad o tal vez, escribiendo con mayor propiedad y rigor, los criados de aquella Comunidad, trasvasaban el agua del Cauce del Medio Lugar al Cauce Molinar para mover con más caudal las tres ruedas del molino que el Monasterio poseía en arriendo. La responsabilidad de la Comunidad, en cualquiera de ambas eventualidades, habría sido manifiesta a mi juicio.

 

Son manifiestos y evidentes la tozudez y probablemente el interesado atropello que el Ayuntamiento de quella fecha pretende ejercer contra la Comunidad no atendiendo las razones que ésta le expone y omitiendo las que también ésta le exige en contrapartida.

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Al margen de estas pequeñas desaveniencias, originadas siempre en tomo al Cauce, este investigador histórico está obligado en conciencia a poner de manifiesto las buenas, mutuas e incluso cordiales relaciones habitualmente mantenidas a lo largo de casi cinco siglos entre el Monasterio de la Piedad y el Concejo de la Villa de Casa de la Reyna. Me consta que el pueblo y su Ayuntamiento se sienten complacidos y orgullosos tanto con el Monasterio como con su Comunidad actual.

 

 

HACIENDA DEL MONASTERIO EN 1821.

 

Finalizada la Guerra de la Independencia contra las tropas napoleónicas, la Comunidad de nuestro Monasterio se ocupa en reparar los destrozos causados por la soldadesca francesa, muy ajena a la convulsión cuyos ramalazos va a empezar a sentir en 1821 a través de un Decreto extendido por el Gobierno de Burgos en virtud del cual se ordena a la Comunidad facilite a la mayor brevedad posible los datos siguientes:

 

a) Relación de fincas rústicas y urbanas, su situación y rentas.

 

b) Relación de Monjas de Coro y Legas y

 

c) Relación de gastos necesarios para el Convento e Iglesia».

 

Probablemente la Comunidad no puede ser consciente de la gravedad extrema que este Decreto del Gobierno Central encierra en la solicitud de cumplimentación de estos tres al parecer simples apartados.

 

Esta petición es el paso previo a la Desamortización o expropiación que va a tener lugar en 1837.

 

La Madre Sor Josefa de San Bartolomé y Enderica, Priora del Monasterio en aquellas funestas horas, responde con prontitud en los términos siguientes:

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a) Relación exacta de todas las fincas rústicas y urbanas que este Convento de la Piedad de Religiosas Dominicas de la Villa de Casa de la Reyna tienen en este y otros pueblos, dados en arrendamiento y a censos enfiteusis de granos y dineros por su producto anual con un quinquenio de las viñas que por sí la­borea: ‑sigue una larga relación de fincas con sus superficies y lugares de su situación de las mismas, que omito en aras de la brevedad del caso, dando únicamente las sumas totales de cada partida‑:

 

Fanegas: 1396 fanegas y 99 celemines.

Obreros: 398 obreros.

Cántaras: 1454 cántaras de vino en un quinquenio.

Casas: 13 casas.

Huerta: fanegas

Bodega: 1 Cueba, cuya capacidad es de 1770 cántaras.

 

b) Religiosas de Coro:

 

Me. Josefa de San Bartolomé y Enderica, Priora. 48 años. Logroño.

Me. Magdalena de San Vicente y Arrina. 76 años. Viana.

Me. Andrea de San Pedro Mártir y Arce. 57 años. Anguciana.

Me. Aquilina de Sta. Teresa y Ponce de León. 52 años. Logroño.

 

Sor Teresa de Jesús y San Millán. 56 años. Trebiana.

Sor María de San José y Arce. 46 años. Anguciana.

Sor Saturnina de la Cruz Tejada. 52 años. Logroflo.

Sor Teresa de Sto. Domingo y Soria. 45 años. Logroflo.

Sor Ana de Santa Gertrudis y Elgero. 57 años. Burgos.

Sor Josefa de San Miguel y Cortázar. 57 años. Oyón.

Sor I`ca. de Sta. Catalina y Solórzano. 54 años. Trebiana.

Sor María de Santa Rosa y Angulo. 47 años. Trebiana.

Sor Gabriela de San Julián y Junguito. 45 años. Tirgo.

Sor Rosa de la Piedad y Fernández. 23 años. Cos.

Sor Margarita de San Francisco y Saenz. 22 años. Miñón.

Sor Josefa de Natividad y Berberana, Lega. 57 años. Briones.

Sor Agueda de San Raimundo y Garrido. 60 años. Calahorra.

Sor Manuela de la Visitación y Martínez. 65 años. Miñón.

Sor Juana de Sto. Tomás y Nebrera. 47 años. Berástegui.

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c) Lista que hace esta Comunidad en el Gasto del Culto Divino por año a la Iglesia parroquial

 

Primeramente se gastan Cinco arrobas de Cera

Más se gastan Siete arrobas de Azeite

Más se gastan Seis cántaras de Vino en la Oración

Más se gasta Una fanega de trigo

 

Más en Sedas y Composturas de fábrica de Iglesia no se da gasto fijo y anual porque en unos años se gasta mucho y en otros poco y en otros nada.

 

300 Ducados por quinquenio.

 

Misas cantadas: Tiene de carga este Convento dos Aniversarios por el Sr. Obispo, su Fundador y su Sobrina, Doña Isabel de Guznián y Velasco, que le dotó en la Octaba de Todos Santos.

 

Misas rezadas: Más ciento ochenta'Misas por las Almas del Sr. Fundador y su Sobrina a 4 reales.

 

Herramientas:

 

Moriscas, 6

Azadas, 5

Ligones, 5

 

 

EL COLEGIO SE TRANSFORMA EN MESON.

 

La escasez de recursos económicos, consecuencia de las necesidades extraordinarias provocadas por las guerras napoleónicas, mueven a la Comunidad de nuestro Monasterio de la Piedad a transformar la Casa‑Colegio, improductivo hasta entonces, en Mesón público, cuyo arriendo y su impago de la suma pactada obligan a la Comunidad a plantear el correspondiente Pleito de reclamación.

 

1823

 

En 1823 en efecto se recibe «Real Carta Executoria librada a la Sra. Priora del Pleito contra Ramón de Elosua de Casa de la Reyna sobre pagar la renta del Colegio o Casa Mesón».

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Es oportuno, puesto que nos estamos refiriendo a la Casa Mesón, dar a conocer las Condiciones de su Arriendo.

 

«... tendrá una duración de cinco años... entregará el citado Elosua un cerdo de peso de doze arrobas incluyendo el vientre pero excluyéndolo para el peso, que será de la canal... entregar mil y cinquenta Reales de vellón sin cerdo... toda la basura que se haga en la Posada y la Comunidad dará tres carros de dicha basura al Ramón en cada afío... recibir en la Posada las caballerías tanto del Padre Provincial o Prelado que venga de visita, poner una cama para el mozo y dar la paja necesaria para las caballerías de ambos... no ha de usar del piso de arriba, conocido con el nombre de desván o guardapolvo... reponer en la Casa los desfalcos que haya al vencimiento de los cinco aftos de este arriendo, advirtiendo que por tales desfalcos se entienden el perdimiento o destrozo de las llaves, zerraduras, zeffojos y otros de poca consideración... que la huerta de las Delicias, que la Comunidad tiene arrendada, tiene su entrada por la Puerta Principal de la Casa Posada ... ».

 

 

VARIOS.

 

Voy a enumerar varios hechos de los cuales no tenemos documentación suficiente para ampliarlos... Los aporto, sin embargo, porque cubren un período de tiempo en el que todos los elementos parecen concitarse contra el Monasterio de la Piedad.

 

1826

 

El Archivo monacal dispone de una referencia de 1826 a la «Declaración del Procurador de la Comunidad en el Pleito habido contra el Duque de Frías, adjuntando cuatro recibos de pago».

 

Carecemos de las razones que motivaron el Pleito con el descendiente y heredero de los Condestables de Castilla, Cofundadores del Monasterio de la Piedad y sus antiguos Patronos, pero lo incluimos en su pequefla historia,como ejemplo de la versatilidad y mudanza humana o, en expresión de nuestros clásicos, de la «mudanza de la condición de los siglos».

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Este mismo aflo de 1826 la correspondencia de nuestra Priora con el P. Provincial pone de manifiesto la continuada penuria que sigue padeciendo la Comunidad, ya que en un escrito le pide autorización para emplear la Dote de una Religiosa en reparar la tapia del Convento y en otra segunda carta, permiso para retirar del Arca del Depósito unos miles de reales para diversas necesidades urgentes.

 

En la Carta de Venta de unas tierras de sembradura, fechada el 2 de Julio de 1834, figuran los nombres de las Profesas de Coro, cuya lista transcribo a continuación por considerar que supone una aportación grata para la Comunidad actual, en la reconstrucción del pasado del Monasterio de la Piedad.

 

Dña. Sor Francisca de Santa Catalina y Solórzano, Priora.

Dña. Sor Josefa de San Bartolomé y Epderica, Subpriora.

Dña. Sor Rosa de la Piedad Femández , Depositaria.

Dña. Sor Margarita de San Francisco y Saenz, Depositaria.

Dña. Sor Andrea de San Pedro Mártir y Arce.

Dña. Sor Teresa de Jesús y San Millán.

Dña. Sor María de San José y Arce.

Dña. Sor Teresa de Sto. Domingo y Soria.

Dña. Sor María de Sta. Rosa y Angulo.

Dña. Sor Casimira del Rosario y García.

Dña. Sor Gaspara de la Asunción y Ozalla.

Dña. Sor Isidora de los Dolores y Crespo.

Dña. Sor Gabriela de San Julián y Junguito.

Dña. Sor Cándida de la Concepción y Arce.

Dña. Sor Josefa del Carmen y Gómez.

Dña. Sor J9sefa de Sta. Teresa y Caballero.

 

La Comunidad actual y las futuras deben reconocer de modo especial los nombres de estas Religiosas, ya que a ellas les cupo la infausta suerte de ser las protagonistas de la mayor y más amarga desgracia acaecida en los 464 años de existencia del Monasterio. Me refiero naturalmente a la expropiación o desamortización de los bienes de la Iglesia.

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DESAMORTIZACION ECLESIASTICA.

 

La Desamortización, según el espíritu de sus Legisladores, consistía en la separación de los bienes no circulantes de las «manos muertas» con objeto de ponerlos a disposic ión de quienes los hicieran producir, haciendo que se emancipasen de su propiedad improductiva.

 

Es obligado añadir, en aras del rigor histórico, que la finalidad de reestructurar la propiedad de la tierra y dar acceso de ella a los campesinos, significó por el contrario el incremento del latifundio, ya que la burguesía urbana, la aristocracia y los grandes terratenientes fueron los grandes beneficiados al aprovecharse del pago tan beneficioso impuesto por el Gobierno, que lo ampliaré más adelante.

 

Necesario es igualmente manifestar de manera objetiva que el 80% de la tierra era en aquella época propiedad de manos directas improductivas, correspondiendo unos 4 millones de hectáreas a los Municipios y unos 12 millones de hectáreas a la Iglesia.

 

El origen de la Desamortización eclesiástica tuvo lugar en las zonas ocupadas por las tropas francesas, cuando en 1809 éstas suprimieron las Ordenes monásticas mendicantes, las de Clérigos regulares y las Ordenes militares y transformaron sus propiedades en bienes nacionales. Las Cortes de Cádiz confirmaron en 1812 la incorporación al Estado de los bienes incautados por las tropas francesas a las Ordenes religiosas suprimidas.

 

1837

 

La ley de Bienes Nacionales de 1837 culminó la desamortización eclesiástica tras la disolución de todas las Ordenes religiosas, si bien esta última disposición no tuvo efecto pleno. Los bienes raíces, rentas, derechos, títulos y toda propiedad de las Comunidades religiosas son transformadas en bienes nacionales después de someterlos a pública subasta... Los compradores podían adquirir la propiedad de estos bienes en el transcurso de los 16 años siguientes pagando en efectivo una quinta parte de su total valor y el 5% de interés para el Estado por el importe de la parte aplazada o bien hacerlo efectivo en 8 años y un 10% del nominal en el momento de la compra.

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En 1860, se llega a un pacto con el Vaticano en virtud del cual la Iglesia acepta la permuta de los bienes no incautados,por Títulos de Deuda Nacional al 3%.

 

El despojo de los bienes raíces del Monasterio de la Piedad acaba de ser consumado.

 

A excepción de una carta dirigida por la Priora al Intendente General de la Hacienda de Logroflo en relación con la desamortización eclesiástica, no aparece referencia ni documento alguno ,en el Archivo monacal que indique, a partir de 1837, posesión, venta, administración, renta, etc... de ninguna clase de bienes. En el escrito a que hago referencia, la Priora, Sor Francisca de Santa Catalina y Solórzano, suplica'que se les reconozca la posesión de su huerta que les sirve de único medio de sustent.o, de recreo para las Religiosas y de cementerio.

 

«El Señor Comisionado de Arbitrios de Amortización de Santo Domingo de la Calzada accede a que no se prive a la Comunidad la huerta que les sirve de recreo para la salud y les concede un pequeño terreno que tienen destinado para su ventilación y panteón».

 

16-VIII-1837

 

La fecha de este Oficio es de 16 de Agosto de 1837.

 

Igualmente en 1837 se promulga la Ley por la que se suprimen los Señoríos jurisdiccionales, si bien se respeta la propiedad privada de los mismos. Como consecuencia de estas disposiciones legales sabemos que el último Conde y Señor de Haro, Don Diego Pacheco Telles Girón y Fernández de Velasco, descendiente de los Condestables de Castilla, Patronos y Cofundadores de nuestro Monasterio de la Piedad, deja de disfrutar de sus tierras, por venta, cuyo valor sólo de las que poseía en la Villa de la Casa de la Reyna, tanto en fincas rústicas como en urbanas, ascendió a 36.000 Reales.

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1851

 

Existe tradición en el Monasterio de que a partir de 1851 el Monasterio se dedica a la enseñanza de acuerdo con el Concordato de aquella fecha.

 

COMUNIDAD EN 1853

 

Vuelvo a ofrecer una nueva lista de las Religiosas que formaban la Comunidad en 1853, porque estimo que de esta Comunidad actual y las siguientes pueden disponer a mano, en un sólo volumen, de los nombres de las Religiosas que les han precedido:

 

Doña Petronila Gómez de Payangos y San Vicente, Priora.

Doña Eugenia de Otazu, Subpriora.

Doña Ana Cathazan y Ubago, Depositaria.

Doña María Manuela de Paternina, Depositaria.

Doña Phelix María en Encío y San Vicente.

Doña Beatriz Antonia López de Ollauri.

Doña Francisca de Santhiago.

Doña María Ruiz del Castillo.

Doña Ana María de Herrera.

Doña Josepha Fernández de Guevara.

Doña Magdalena de Zufia y Gómez.

Doña Cathalina de Mufloz y Quete.

Doña Francisca María de Porres.

Doña Casilda de Bergara y Castro.

Doña Agustina López de Herrera.

Doña Theresa de Esquiroz y Aldaba.

Doña Josepha de Albiz.

Doña Clara de Quincoces y Mendoza.

Doña María Magdalena de Bergara.

Doña Manuela Ladrón de Zegarna.

Doña Jerónima Ladrón de Zegama.

Doña Francisca Ladrón de Zegarna.

Doña Ana de Bafluelos.

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Doña Ana de Guardamino.

Doña Lorenza de Guardamino.

Doña Francisca de Arias.

Doña María de Isla y Campa.

Doña Cathalina Phelipa de Ahuero y Zegarna.

Todas profesas.

 

 

COLEGIO - INTERNADO.

 

La primera referencia que tengo anotada sobre la existencia en el Monasterio de la Piedad de un Colegio‑Internado, procede de las Ordenanzas correspondientes al año de 1876.

 

1876

 

«... Ordenarnos asimismo que las Señoritas Colegialas no acudan al Coro a tocar el piano --supongo que se referirá al órgano-- a no ser en casos muy excepcionales y en tal caso que no se les permita por ningún concepto tocar música profana, mucho menos polcas, habaneras u otras cosas por el estilo, sino sólo piezas religiosas...

 

Permitimos no obstante, que para que los padres de las Sefloritas Educandas se cercioren de sus adelantos, el armonium o piano sea bajado a la Reja ... »

 

De la importancia y relieve de este Colegio--Internado nos hacemos cargo a través de un folleto, publicado en 1885 bajo el título de

 

Colegio de Señoritas de

NUESTRA SEÑORA DE LA PIEDAD, dirigida por

Religiosas Dominicas

CASALARREINA, provincia de Logroño.

 

En un siglo como el pasado XIX, tan particular e innovador en los múltiples campos de la Legislación, la Filosofía, la Educación, la Técnica, etc... y azotado por los numerosos conflictos y levantamientos como la guerra de la Independencia, de las guerras civiles carlistas y las de la Emancipación del Imperio colonial, los Centro de enseñanza fueron escasos y las posibilidades de la población comarcal de la Rioja, en cuanto a su educación, elementales.

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El librito expone los principios en que se basa la formación cultural y religiosa de las educandas, pero nada es más ilustrativo a este respecto que transcribir algunos párrafos de él extractados.

 

«A obtener estos santos fines se dirigen los esfuerzos de las Religiosas Dominicas de Ntra. Sra. de la Piedad en la villa de Casalarreina; y que los han conseguido, lo prueba los brillantes resultados obtenidos hasta el presente y la preferencia dispensada por muchos padres de familia, que, celosos por la educación de sus hijas, continúan confiándoselas seguros de ver cumplidos por este medio sus justos y laudables deseos.

 

El Colegio es una verdadera obra de arte ya por sus vastas dimensiones, ya por sus magníficas salas y departamentos, ya en fin por la multitud de esbeltas columnas que embellecen y hermosean sus espaciosos corredores. Situado en una de las'mejores posiciones de la población (que con razón se llama el Aranjuez de la Rioja), junto a la carretera de Burgos a Logroño, a cinco quilómetros de Haro, villa de gran importancia en la fértil y extensa llanura llamada Rioja, ofrece la ventaja de poder aprovecharse del ferro‑carril, pues de la estación de Haro salen diariamente coches para los puntos más importantes de la comarca, pasando precisamente por los umbrales del Colegio. El clima es suave y tan sano que a todos prueba; el cielo, siempre despejado y el bello panorama que a la vista se presenta, hacen la estancia agradable y amena. El río Oja que atraviesa su fértil, extensa y hermosísima huerta, hace que muchas personas la comparen a un bello jardín, tan útil y necesario en las Casas de educación.

 

 

La Enseñanza.

 

El conocimiento de nuestra adorable y católica religión ocupa el primer lugar entre la variedad de clases que se dan en este Colegio. A este fin se dirige la enseñanza razonada de Doctrina cristiana, Historia Sagrada, Religión y Moral.

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Sigue a la enseñanza religiosa la comprendida en las asignaturas siguientes:

 

LECTURA de prosa, verso y manuscritos.

ESCRITURA de varios caracteres o formas de letra.

REDACCION de cartas, familiares y de estilo.

GRAMATICA española con análisis gramatical y lógica.

GEOGRAFIA e HISTORIA de España y Universal.

ARITMETICA razonada y elementos de Algebra.

TENEDURIA de libros.

GEOMETRIA, medidas de superficie, volúmenes y desarrollo de poliedros.

ELEMENTOS de retórica poética.

LECCIONES prácticas de orden, higiene y economía doméstica.

NOCIONES de Física, Química, Historia Natural y Arqueología.

 

Clases de adorno:

DIBUJO lineal, de paisaje, de adorno y de figura.

PINTURA, a la acuarela, pasta, óleo, en lienzo, tabla, bronce y cristal. Fotografía.

LENGUAS, Francés, Inglés, Italiano y Portugués.

MUSICA, Canto y piano.

 

Labores

 

COSTURA, en blanco, color, prendas de Señora, composturas y zurcidos en color, tela sencilla, mantelería, puntos adamascados sobre tu] y telas de paño.

CORTE: por sistema métrico y de última novedad.

PLANCHADO Y RIZADO.

CALCETA: hechura y compostura, puntos variados y calados.

TAPICERIA: a dos caras, relieve y renacimiento.

CROCHET: diversos puntos con aplicación a colchas, edredones y otros objetos.

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BORDADOS: en blanco, al céfiro, sedas, litografía, al pasado, oro, al relieve, artístico, aplicaciones, toda clase de flores imitando al natural con sus pétalos y fin de siglo.

PUNTOS: oriental, mosaico, persa, chino, etc.

CALADOS: en tela y tul.

MALLA: puntos de tul, cuadrado y doble con bordado a mate y guipur.

TRIBOLITE: con aplicación a puntillas y entredoses.

MACRAME: aplicado a flecos, tapetes, etc.

PASAMANERIA: trencillas, cíngulos, fiadores y cordones.

ENCAJES: catalán, inglés, brasileño, flandes, guípur, con hilo, seda, pkita y oro.

PETACAS y CARTERAS: con. cabello, recuerdos, funerarias, cadenas de reloj, etc. Con paja, variedad de labores.

MARQUETERIA: jarrones, rinconeras, pilas y otros» objetos.

FRUTAS y FLORES: en tela, cera, porcelana, piel de Rusia y preciosos talcos.

 

Alimentación

 

La alimentación se da abundante y esmerada con buenas y exquisitas frutas para postres y meriendas.

 

Pensión

 

Por la pensión abonarán 120 pesetas por cada trimestre. Además abonará cada alumna 50 pesetas anuales por razón de útiles para la enseñanza, asistencia médica y medicinas. Los específicos y gastos juzgados por el facultativo como extraordinarios, corren por cuenta de los interesados.

 

El honorario mensual por cada una de las clases de ADORNO será de 5 pesetas. La fotografía, según los gastos en placas, etc. Por las Clases Especiales se abonará una cantidad convencional.

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Equipos

 

Compónese éste de cubierto, cuchillo, dos vasos, uno de metal blanco y otro de cristal, Seis servilletas, Seis toallas, Seis sábanas, Seis fundas, Dos mantas, Una sobrecama, Una alfombrita. El Colegio se encarga de poner la cama, excepto la ropa blanca, abonando tres pesetas por triemestre. Dos vestidos negros, Dos varas de merino negro para esclavina de verano, Una capa negra de abrigo para invierno Un abrigo Dos pañuelos blancos de seda para corbata Seis camisas Seis pantalones, Doce pares de calcetas Dos pares de botas, Dos pares de zapatillas, Dos peinadores, peines y cepillos, Dos batas sencillas que constituyen el uniforme de Colegio.

 

Recreo y Visitas

 

Cuando el tiempo lo permite, las colegialas juegan y pasean por la huerta y cuando no es posible, se suple el paseo de la huerta con variados juegos y distracciones por el claustro y otras dependencias del Colegio.

 

Además pueden tomar baños, ya en cuarto destinado al efecto, bien en el agua corriente del río o al pie de la cascada que corre en la misma huerta.

 

Los padres que no residen en la Villa, cuando vengan a ver a sus hijas, podrán sacarlas por algunas horas a la casa Vicarial y en este caso, corren por cuenta de los interesados todos los gastos que se hagan en comidas y recreos.

 

Enfermas

 

En caso de enfermedad se les cuida con suma diligencia, pero si la enfermedad fuera grave, puede sacarse a la paciente en su misma cama a la casa Vicarial y ser cuidada por sus interesados.

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Admisión de las Colegialas

 

A su ingreso deberán presentar certificación de buena conducta de sus padres o tutores, librada por el seflor Cura Párroco de su residencia y las Bulas de la Cruzada y privilegio de carne.

 

NOTA:

 

Las clases de Francés, Inglés, Italiano y Portugués están desempeñadas por una Religiosa natural de Angulema (Francia), educada desde la edad de cinco años hastos los 18 en uno de los principales centros de enseñanza de París.

 

Por considerar de interés históri¿o para la Comunidad actual y al mismo tiempo para la historia del Colegio del Mo ' nasterio, añado algunas anotaciones descubiertas, finalizada la redacción de este libro, en un cuadernillo titulado «Acontecimientos nota­bles»:

 

«El año 1857 se entarimó la Sala del Colegio en 1.080 Reales.

El 1859 se 'compró el primer piano para el Colegio en 1.044 Rs.

En 1862 se hizo el Dormitorio alto del Colegio y costó 8.503 Rs.

En 1863 se hizo el Coro Bajo que costó 13.188 Rs. y se gastó 4.123 Rs. en mesas, sillas, sedas, telas y demás para dar principio al Colegio.

(Es evidente por lo tanto que la apertura del Colegio tiene lugar entre el año 1863 y 1864).

En 1865 se compró el segundo piano para el Colegio en 1.945 Rs.

Año de 1867 se gastó para la Obra de la Enfermería del Colegio 6.141 Rs.

En 1873 se fundió la Campana que cae al Colegio y las dos se pusieron a vuelta y costó 1.000 Rs.».

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Añado algunas otras anotaciones que las considero de interés en la pequeña historia del Monasterio de la Piedad, encontradas en un cuadernito de uso privado del Convento.

 

«Siendo Priora Sor Mamerta de Jesús se recibió de limosna en 1856 un manucordio en buen uso y un método de piano, nuevo, que D. Antonio Pérez había enviado a su hermana Sor Soledad».

 

VARIOS

 

Por pertenecer a las Ordenanzas que hemos mencionado en el apartado anterior, de fecha 1876, copio algunas que las considero curiosas y susceptibles de informarnos de pequeños detalles de la vida de aquellas Comunidades.

 

1876

 

«... Los Santos Fundadores han recomendado la Observancia del Silencio... así como de no observarlo viene por el contrario el desconcierto, nacen chismes, se alimentan murmuraciones y hasta se pueden acrecentar envidias... queremos también y ordenamos que en la Sala de Labor lease cualquier libro piadoso, espiritual o edificante..:

 

... advertimos que cuando una Religiosa baje sola a la Reja, ha de haber siempre escucha, sin exceptuarse nadie de esta observancia...».

 

1877

 

En este apartado de Varios que abarca los años finales del siglo XIX, creo necesario reflejar que en 1877 se estudia y prepara un «Proyecto de Colegio de Externas y Medio Pensionistas».

 

El Archivo monacal guarda igualmente documentación redactada en aquellos años para otro «Proyecto de Escuela Privada para niñas de 7 / 12 / 18 aflos».

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1881

 

Tengo anotadas dos referencias de que en 1881 «se recupera la Bodega situada bajo el Coro inferior» y de ese mismo año el Monasterio permuta con el Sr. Guardia una bodega por el terreno existente entre el Convento y el Cauce en todo lo largo del citado Convento».

 

1882

 

Don Miguel Manso de Zúfliga, Conde de Canillas, hace entrega en 1882 al Monasterio de los siguientes cuadros:

 

«Un cuadro pequeño del Señor - Otro pequeño de su Santa Madre - Uno grande del Nacimiento del Bautista - Otro grande de la Adoración de los Santog Reyes - Otro grande del Descendimiento del $eñor - Otro grande de San Lucas pintando a la Ssma. Virgen - Otro grande de San José con el Niño Jesús - Otro grande de San lldefonso - Otro grande' de San Lorenzo y Otro grande de San Francisco de Paula».

 

Estos cuadros están distribuidos entre la Iglesia, la Sacristía y el Refectorio.

 

En el Archivo podemos encontrar «Normas y Actas de Elecciones de Priora y Visitas que abarcan desde 1871 a 1877».

 

Por este tiempo de 1856 envió D. Isidoro Pérez a su hija Sor Soledad 1.800 Rs. para pagar el Armonium que se había encargado con su beneplácito.

 

En 1874 se hizo una puerta en la Vicaría y costó 1.750 Rs. y dicha puerta da a la plaza.

 

Cuando se hizo el Coro Bajo, año de 1861, se bajaba al Confesonario por unas escaleras que habia donde ahora está el Comulgatorio y por la parte de la Iglesia entraba el P. Vicario en su Confesonario a piso llano. En el año 1896 se pone la Comulgatoria donde las escaleras, dejándolas cubiertas. Hasta ahora se comulgaba por la ventana del Confesonario que estaba en el mismo sitio que hoy, pero más bajo.

 

En 1876 se compró la máquina de cortar ropas y costó 849 Rs. o sea, 212,25 ptas.

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En 1876 se principió a recortar el Palio que costó bordarlo un año y gastó la Comunidad 2.470 Rs., lo demás, hasta 5.000 Rs. fue de limosna, una de ellas por Dolores Cortázar de 1.400 Rs.

 

En 1879 se compró la Pila de agua bendita para la Iglesia. Costó 340 Rs.

En 1879, a mediados de Noviembre, se terminó la obra de retejo general que cae al Colegio para lo cual dió el Gobierno 27.000 Rs.

En 1880 se compró un reloj para el Noviciado en 144 Rs.

En 1881 se compró otro piano en 800 Rs.

En 1883 se pusieron las Celosías del Corredor, costó 2.418 Rs.

En 1883 se compró una máquina para elaborar chocolate, costó 1.200 Rs.

En 1884 se entarim6 la Sacristía y pasillo de la Casa Vicarial.

En 1886 se pintó el Presbiterio y vidrieras y costó 832 Rs.

En 1888 se compró la Cocina económica de la Casa Vicarial y costó 252 Rs.

En 1888 el 15 de Octubre se cerró el Sepulcro de la Fundadora y costó 1.250 Rs.

Año de 1888 se hizo la Pesquera y costó 1.272 Rs.

En 1871 se compró otro piano de segunda mano en 2.000 Rs.

 

El Locutorio se entarimó y pintó con una limosna que hizo el Sr. Obispo de C"orra D. Antonio de Cascajares, después Arzobispo y Cardenal. Este se hizo en el año de 1891.

 

En 1893 se entarimó la Iglesia y la cuenta de todo lo que costó está en el Cajón del Archivo. Costó 1.000 Rs. que nos dió el Sr. Vicario D. Santiago Cabello.

 

El año de 1894 envió D. Raimundo Gómez de Arteche a su hija Sor Aniana el piano de mesa hecho en Madrid por D. Javier Lerrú, el cual se colocó en el Coro Bajo para que tocase durante la Comunión.

 

Por el año de 1894 se compró la efigie de N. P. Sto. Domingo que se lleva en procesión».

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APERTURA DEL SEPULCRO DE LA FUNDADORA.

 

1888 ha sido en la vida del Monasterio de la Piedad uno o tal vez el año más jubiloso de los siglos XVI, XVII, XVIII y XIX, exceptuados, naturalmente, los años de la Fundación -1514-1527- debido a que durante este preciso año la Comunidad toma la decisión de despejar sus dudas respecto a la ubicación exacta de la Sepultura de la Fundadora, Sor María de la Piedad, en el siglo Doña Isabel Alonso de Guzmán y Fernández de Velasco.

 

Prescindo en esta ocasión de mis comentarios para dar paso a la resefla sencilla y expresiva de la Secretaria de la Comunidad, Sor Petra de los Dolores:

 

7-VII-1888

 

«El descubrimiento verificóse del siguiente modo. A 'principios del mes de Julio del año de 1888 había albañiles empleados en la ejecución de reparos necesarios para la conservación de la parte interior del Convento.

 

Aprovechando esta oportunidad, quisimos se compusiera el indicado Altar de las Reliquias que estaba muy deteriorado y se mandó a los albañiles el día 7 por la tarde.

 

Los operarios emprendieron su faena principiando por deshacer parte del Altar para recomponerlo mejor y pronto se conoció que aquello era, según lo sabíamos por tradición, el Sepulcro de Sor María de la Piedad.

 

Esta circunstancia, junta a la de acercarse la hora del rezo de Maitines, hizo que los albañiles fueran despedidos y que, en el descubrimiento del Sepulcro de tan buena Madre, no intervinieran más que sus Hijas, llegando varias Religiosas, en la noche del 9, al encuentro del cuerpo, envuelto en una argamasa de cal.

 

Con el parecer de las Madres de la Comunidad y el respeto debido, se rompió la argamasa por los lados superior e inferior y habiéndose adquirido la certidumbre de que aquellos eran los restos mortales de nuestra buena Madre, se puso en conocimiento del Excmo. e limo. Sr. D. Antonio María de Cascajares y Azara, Obispo a la sazón de esta Diócesis, recibiendo de su Delegado D. Raimundo de Luyando, Canónigo Lectora¡ de la Santa Iglesia Catedral de Calahorra, la orden de esperar para el total descubrimiento a su venida a la Santa Visita, la que prometía hacer a fines de aquel mismo mes.

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El Sr. Luyando vino el 28 de Julio y quiso que, a su presencia se verificara la operación de hacer desaparecer la argamasa. Con tal objeto penetró en el Coro, acompañado del Rdo. P. Vicario de la Comunidad, el Presbítero D. Pedro Barrón del Campo y levantada por las Religiosas la argamasa, apareció todo el cuerpo vestido con el Santo Hábito de estarnefla blanca y el velo negro, teniendo hasta cerca de los quince misterios del Santísimo Rosario, cuyas cuentas se hallaban engarzadas en un cordón de seda verde, tan consistente después de tantos años, que se creyó al principio ser cuerda de vihuela.

 

El cuerpo se hallaba completo, los pies rectos, estando entero el izquierdo y un poco desgastado el derecho; las rodillas y brazos permanecen unidos al tronco y por todo el cuerpo y labios hay bastante carne, seca sí, pero de un color sonrosado; la piel de la cabeza está de buen color y conserva un poco de cabello color castaño; el Hábito, velo, Rosario se encuentran en excelente estado de conservación.

 

16-X-1888

 

El P. Vicario autorizó la extracción de parte del Hábito, velo y Rosario para reliquias, mandando le quitaran toda la tierra de encima, se la cubriera con otro Hábito y se pusiera una cubierta de mármol, todo lo cual se ejecutó fielmente y el día 16 de Octubre del propio año de 1888 se cerró por completo el Sepulcro en forma de Altar, depositando dentro de él en una caja de hoja de lata el Acta correspondiente.

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Con maravillosa rapidez, se extendió la noticia y con verdadero encarecimiento se solicitan desde entonces sus reliquias, habiéndonos participado también la consecución de algunos favores obtenidos por la veneración de éstas e intercesión de nuestra muy amada Fundadora, a quien deseamos vivamente un inmenso poder de intercesión para gloria de Dios Ntro. Señor, honra de su buena sierva, Sor María de la Piedad, ornamento de la Familia Dominica, esplendor de esta Santa Casa, consuelo y aliento de sus Hijas actuales y futuras, bien de esta Villa de Casalarreina, de su comarca y de toda la Diócesis, timbre y blasón refulgentísimo de su extensa y linajuda parentela y honor de España, Patria de Santo Domingo de Guznián».

 

Sor Mamerta Ochoa de Jesús, Priora.

Sor Saturnina de la Visitacíón, Subpriora.

Sor Petra de los Dolores, Secretaria.

 

Monasterio de Ntra. Sra. de la Piedad

 

Casalarreina, a 16 de Octubre de 1888.

 

FAVORES OBTENIDOS

 

28-X-1888

 

«Un favor obtenido por mediación de nuestra Venerable Madre»

 

Una señora del pueblo de Mirabeche, provincia de Burgos, estaba gravemente enferma logró por mediación de una amiga suya, Doña Casilda Guardia, vecina de esta Villa, obtener un pedacito del Hábito de la Venerable Madre y en el momento que se lo aplicó, obtuvo curarse radicalmente; tal ha sido su agradecimiento que el pedacito lo ha colocado en un relicario de plata y ha mandado dos personas en peregrinación y con orden para el Padre Vicario de esta Comunidad, Don Pedro Barrón, para que en agradecimiento a tal beneficio, celebre dos Misas a su intención, una a nuestro Padre Santo Domingo y otra en veneración del cuerpo de la Sierva de Dios y uno que vino en peregrinación, también tenía un padecimiento y en el momento que obtuvo algo de la reliquia, también dijo que sentía mejoría en su padecimiento.

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Esto es todo lo que sabemos en cuanto a esta persona y los que mandó».

 

Casalarreina, 28 de Octubre de 1888

 

«Gracia concedida por la Fundadora»

 

1894

 

«Yo, Benita Ortiz, vecina de Pancorbo, provincia de Burgos, declaro y afirmo para gloria de Dios y de su Sierva la Venerable Sor María de la Piedad, que en el siglo se llamaba Doña. Isabel de Guzmán y era Exma. Duquesa de Medína Sídonía hasta que dió todos sus intereses para acabar de fundar el Convento para Religiosas Dominicas en la Villa de Casalarreina, donde vistió el Santo Hábito y fue Priora, viviendo muy religiosa y santamente como lo prueba el favor obtenido por su intercesión, pues encontrándome yo gravemente enferma, me aplicaron una reliquia suya y yo me encomendé a ella muy de veras con verdadera fe, suplicándole me curara, como así sucedió, que el Señor me volvió la salud y hoy he venido a oir Misa en el Convento donde reposan sus sagrados restos según la promesa que hice.

 

Y para que conste lo firmo en Casalarreina, día de San Juan Bautista del aflo de 1894».

 

Benita Ortiz.

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Réalisée le 24 janvier 2005  André Cochet
Mise sur le Web le  30 janvier 2005

Christian Flages

Club Informatique de Pujols sur Ciron.
33210.   France.